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Inai confirma investigación contra la Oficina de la Presidencia

Publicado por
Redacción

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) confirmó que lleva a cabo una proceso de investigación por la presunta develación de datos personales de la persona moral Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) en contra de la Oficina de la Presidencia de la República. En un comunicado, el organismo autónomo matizó que la indagatoria no se enfoca en el presidente Andrés Manuel López Obrador.

 

Como lo informó ayer Contralínea, en esa indagatoria se ha pedido a este medio que coadyuve y que revele sus fuentes. Al respecto, el Inai confirmó este requerimiento, aunque también expresó su “absoluto respeto por el derecho a la libertad de expresión y refrenda su compromiso como aliado del ejercicio periodístico”.

 

Acerca de la investigación previa de protección de datos personales (INAI.3S.08.01-059/2021), el Inai aseguró que se enmarca en los términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y que es en contra “de la Oficina de la Presidencia de la República y del Servicio de Administración Tributaria (SAT), como sujetos obligados de la legislación de la materia y no así en contra del titular del Poder Ejecutivo Federal”, Andrés Manuel López Obrador.

 

Asimismo, el Instituto aseguró que esa investigación se abrió a partir de una denuncia presentada por una asociación civil, sin detallar si fue MCCI. No obstante, señaló que la organización denunció la presunta divulgación indebida de información confidencial, contenida en facturas electrónicas, en la conferencia matutina del 7 de mayo de 2021.

 

El organismo justificó que la Ley “prevé que el Instituto pueda formular, inclusive a terceros, requerimientos de información para allegarse de elementos que le permitan continuar con su investigación; como fue en este caso, en el que se requirió a la revista Contralínea aportar información en coadyuvancia con este Instituto”.

 

El Inai también indicó que en respuesta a un requerimiento para conocer el origen de la información difundida, “el SAT negó haber transferido datos en su posesión y la Oficina de la Presidencia de la República señaló que recibió diversa información que expuso en la conferencia matutina referida, por conducto de una reportera de la revista Contralínea”.

 

En el documento que hizo llegar el Inai a este medio de comunicación, se lee: “precisar el origen de la información que la C. Nancy Flores proporcionó a la Oficina de la Presidencia de la República; o bien, en su caso, manifieste si existe algún impedimento legal que se relacione con el ejercicio del derecho a la libertad de expresión que enmarca su actividad periodística para proporcionar la referida fuente de información, ya sea por parte del medio de comunicación que representa o de la o los periodistas que guardan relación laboral o contractual con su representada, que suscribieron la nota o notas y/o reportajes publicados en la revista Contralínea, relacionados con el tema”.

 

No obstante, el Inai aseguró en su comunicado que “de ninguna manera la revista Contralínea está obligada a revelar sus fuentes del ejercicio periodístico que realiza; incluso, en el requerimiento, el INAI fue puntual en señalar que, si existía para el medio o alguno de sus periodistas, cualquier impedimento legal para proporcionar la información con la que le relacionó la Oficina de la Presidencia de la República, así lo debía hacer saber a este organismo garante. Esto, en pleno respeto al ejercicio de la libertad de expresión, la labor periodística y el secreto profesional”.

 

También dijo que no existe ningún apercibimiento legal en el requerimiento formulado, “que determine alguna consecuencia jurídica o legal en caso de que el medio de comunicación no proporcione la información requerida; por tanto, queda descartada la posibilidad de que el Instituto inicie algún procedimiento para imponer alguna sanción a la revista Contralínea, como se mencionó incorrectamente”.

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