Transparencia Internacional mide la corrupción. Esta medición ve de 1 a 100 puntos: 1 el más corruto y 100 el menos corrupto. La medición se hace sobre 180 países del mundo. De hecho no hubo sorpresa alguna, sino que se ratifica lo que se informó en 2017. En este informe ubica a México en un glorioso lugar 135 con 29 puntos de 100, es decir se confirma la elevada corrupción que existe en el país. El incremento de la inseguridad y el fortalecimiento del crimen organizado abonan a este fenómeno.
Al mismo tiempo, nos encontramos con noticias de desvío de recursos de secretarías de Estado. Eso no es nuevo, frecuentemente se hacen denuncias cuando la Auditoría Superior de la Federación (ASF) informa de los resultados de la revisión de la cuenta pública y de irregularidades en el ejercicio del gasto público. Durante 2013 y 2014 esta situación se presenta en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y ahora (resultados de 2016) en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu). Lo curioso es que la titular es misma persona: Rosario Robles Berlanga. Y la irregularidad es por la misma causa: otorgar asignaciones directas a entes públicos para que a través de ellas se adquieran diversos artículos como gorras y camisetas y algunos estudios y servicios.
El día 22 de febrero en entrevista televisiva, la señora Robles dice estar dispuesta a ser investigada, pero se deslinda de la responsabilidad que, aunque son de la secretaría que dirige, corresponde a otras áreas de la misma secretaría. Es más, 1 día antes acudió a la Procuraduría General de la República (PGR) para solicitar que sea investigada (una faramalla, ya que el procedimiento no es ese).
Nadie puede motu proprio solicitar que se le investigue. Por lo menos, no existe una normatividad jurídica al respecto. Lo que sí puede proceder es que se declare culpable de cometer un delito. El procedimiento es que la ASF solicite que se solventen las observaciones realizadas y si no se hace conforme a la normatividad presupuestaria y jurídica, debe solicitar a la PGR que se proceda en consecuencia.
En la entrevista Robles consideró que no tenía que ver en el asunto, aunque es clara la responsabilidad de la titular de una secretaría, como lo marca la Ley Orgánica de la Administración Pública. Es más, su argumento es que no sólo la Sedatu hace esas prácticas sino que es una práctica cotidiana de todas las secretarías de Estado. Asimismo, argumentó que ella no firmó ninguna adjudicación directa. Aprendió muy bien la lección que le dio Peña Nieto con el asunto de la Casa Blanca, cuando la Secretaría de la Función Pública resolvió que no había conflicto de intereses porque la adjudicación de obras que el gobierno federal le había dado al Grupo Higa: él no las había firmado.
Efectivamente ni el presidente de la República ni los secretarios de Estado tienen la responsabilidad de firmar las adjudicaciones de las adquisiciones y arrendamientos del sector pública. Para ello están los Directores Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales. Pero ellos no actúan por motu propio, sino que lo hacen con el conocimiento de los titulares de las dependencias y lo hacen por instrucciones de estos personajes públicos.
En este caso específico, hay que fijar muy bien en donde está el problema. Robles argumentó que el artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público permite que se adjudique en forma directa a las universidades públicas recursos para que por medio de ellas se realicen ciertas adquisiciones. Textualmente dicho artículo señala: “Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización.
Los entes públicos, al no ser su función central, contratan a empresas para que presten el servicio o los bienes que se soliciten. El primer punto es que la ley considera que “…cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización”. El segundo punto es que no se establecen los criterios para seleccionar al ente público a quien se le otorga la asignación directa, lo deja abierto. El tercer punto deja a la libre decisión del ente público para subcontratar los bienes y servicios que se requieren. Cuarto punto: en el caso de la subcontratación se debe de aplicar la ley mencionada, por lo que es necesario determinar los entregables que los entes públicos, a quien se le proporcionan los recursos públicos, deben de tener para justificar los gastos que se hicieron y entregarlos a la secretaría que autoriza los recursos para que los presente ante la ASF para justificar el gasto.
Pero ello no queda allí. La señora Robles dice que no es la responsable de la irregularidad detectada por la ASF. Más bien, hay que ver que no es la única responsable. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tiene un control estricto de los recursos que se ejercen en el presupuesto autorizado por la Cámara de Diputados. Existe una normatividad, incluso excesiva, que permite el control de recursos públicos. Si como dice Robles que no sólo la Sedatu utiliza este método de adjudicación directa, entonces vemos que el control llevado a cabo no ha funcionado o hay serias omisiones en la secretaría controladora del ejercicio del gasto público (la SHCP). Entonces estaríamos ante un “déjalo hacer, déjalo pasar”.
El hoy candidato presidencial por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el señor Meade (no mid), se deslindó inmediatamente al expresar que cuando ocurrió el desvió de recursos no era el titular de la Sedesol. Pero el método se siguió aplicando hasta 2017 (y en algunas secretarías sigue vigente en 2018). Él ya era secretario de hacienda, por lo tanto es corresponsable de tal irregularidad. A menos que se deslinde como la señora Robles, en la SHCP hay áreas responsables de vigilar el proceso presupuestario y entonces él no tiene nada que ver, aunque cuenta con una Unidad de Inteligencia Financiera.
Podemos conceder que las observaciones de la ASF se deben de informar a cada dependencia y se deben solventar dichas observaciones. Vamos a suponer que “no son culpables hasta que se demuestre lo contrario”. Pero aquí viene otro cuestionamiento: la única forma de solventar las desviaciones de recursos es que se tengan los comprobantes de gasto e incluso se verifiquen físicamente que sí se proporcionaron los bienes y servicios pagados y que sean entregadas a la ASF.
Robles argumenta que la ASF no ha hablado de desviaciones de gasto público y sí de irregularidades en su ejercicio. Presupuestariamente una desviación de recursos es gastar el dinero en otras partidas que no corresponden a las autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Se supone que los recursos en cuestión fueron autorizados por la Cámara de Diputados y se transfirieron a un ente público, el cual subcontrató los servicios a empresas particulares o personas físicas. Si las irregularidades existen, el problema es mayor porque ya no sería una desviación de recursos, sino que se estaría ante la figura de peculado, en caso de no comprobarse los gastos.
Pero no nos extrañe que esto siga pasando, si la corrupción se presenta desde la presidencia de la República. Se conocen los casos de las casas propiedad del presidente y de secretarios de Estado, el de Odebrecht, las autorizaciones inmobiliarias que provocaron una tragedia en los sismos y así podemos enumerar miles de casos que se presentan en los tres niveles de gobierno. La impunidad existe y permanece en la administración pública. Finalmente, no ha habido sanciones ni castigos.
Lo cierto es que la corrupción sigue andando. Es más, su combate se ha constituido en la bandera principal de los candidatos presidenciales. Lo preocupante es que algunos han sido comparsas de la misma o han sido actores principales. Y ojo, no se necesita ser el actor principal de la corrupción para ser corrupto. Si se tiene conocimiento que se están haciendo corruptelas y no se hace nada por evitarlo y denunciarlo, se constituye también en un actor de la corrupción.
Oscar Enrique Díaz Santos*
*Doctor en Economía por la Universidad Nacional Autónoma de México y especialista en gasto público y presupuesto
[BLOQUE: OPINIÓN][SECCIÓN: ARTÍCULO]
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