· Corrupción y devolución de impuestos
· ASF solicita al SAT más información
· Hubo condonación de créditos fiscales
Cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) devuelve miles de millones de pesos a grandes contribuyentes. Se trata de unos cuantos grupos empresariales que se aprovechan de los beneficios que otorga el Código Fiscal de la Federación y que, sin merecerlo, solicitan devoluciones por concepto de impuestos al valor agregado (IVA), sobre la renta (ISR), depósitos en efectivo (IDE), empresarial a tasa única (IETU) y derecho de trámite aduanal (DTA).
Hace unos días, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) presentó su informe sobre la cuenta pública 2011, en donde reporta que el gobierno de Felipe Calderón devolvió sólo en ese año 63 mil millones de pesos a 20 grandes contribuyentes. Sin identificar a las empresas para protegerlas de la crítica social, la ASF sólo refiere los sectores productivos que más beneficios obtienen por la devolución de impuestos: fabricación de camiones y tractocamiones; tiendas departamentales y supermercados; partes y refacciones nuevas para automóviles; alimentos; dirección de corporativos y empresas no financieras; producción de aves de corral; telefonía celular; almacenamiento con refrigeración; electrónica, y explotación, refinación y fundición de materiales no ferrosos.
Aunque el verdadero problema no es conocer sólo los nombres de los corporativos que se aprovechan torciendo la Ley a su favor, sino lo importante es saber si esas 20 empresas tenían derecho a la devolución de impuestos. Algunas fuentes hacendarias explican que el fisco devuelve tal cantidad de recursos a grandes contribuyentes sólo cuando tiene la aprobación del subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda, por que el gobierno de Enrique Peña Nieto por conducto del secretario de Hacienda, Luis Videgaray, debe abrir una investigación, pues funcionarios de esa dependencia aseguran que en el sexenio pasado el gobierno de Calderón armó una red de corrupción que autorizaba la devolución de impuestos a grandes contribuyentes a cambio de comisiones del 10 por ciento, lo que significaría sólo en el año 2011 sobornos por más de 6 mil millones de pesos a funcionarios federales.
Motivado por el efecto producido por la denuncia pública que hizo la ASF sobre la devolución multimillonaria a los grandes contribuyentes, hace unos días el auditor superior de la federación, Juan Manuel Portal Martínez, solicitó al titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez Sánchez, información sobre devolución de IVA a grandes contribuyentes y condonación de créditos fiscales en el último año de gobierno de Calderón. Esta solicitud está en el escritorio de Videgaray, quien determinará si se entrega esa información al órgano de vigilancia del Congreso, el cual tiene la obligación de investigar si hubo corruptelas, fraudes y sobornos sobre los impuestos públicos durante la administración panista del sexenio pasado.
El dilema para Videgaray, es que en el último tramo del gobierno de Felipe Calderón, el responsable de la hacienda pública fue José Antonio Meade y en consecuencia es corresponsable de esa devolución de miles de millones de pesos a las 20 grandes empresas, pero este mismo funcionario es ahora el secretario de Relaciones Exteriores del gabinete de Peña, lo que lo convierte también en una fuente confiable del gobierno actual para conocer a detalle los abusos que Calderón y su equipo cometieron con la devolución de impuestos y otorgar perdones fiscales.
El perdón fiscal
Durante las dos administraciones panistas (Vicente Fox y Felipe Calderón), la información sobre devolución de impuestos, condonaciones y perdones de créditos fiscales siempre estuvo reservada para la opinión pública, con el propósito de evitar que los mexicanos se enteren de la facultad discrecional con que el gobierno federal aplica la ley para beneficiar a unos cuantos. Transparentar esta información es una obligación del nuevo gobierno para evitar que siga esa red de corrupción que devuelve impuestos y otorga perdones fiscales a cambio de beneficios económicos.
Por ejemplo cuando Agustín Carstens ocupaba la Secretaría de Hacienda, durante el gobierno de Calderón y antes de ser nombrado gobernador del Banco de México, reconoció haber perdonado discrecionalmente cinco casos de evasión de impuestos que involucraban nueve causas penales.
La Secretaría de Hacienda reconoció haber sobreseído cinco casos de evasión de impuestos entre julio de 2007 a junio de 2008. Con ello, se archivaron nueve causas penales abiertas en 2003, 2004 y 2006. Los empresarios privilegiados no se acogieron a ningún programa de la SHCP, simplemente se vieron favorecidos –luego de intensas negociaciones– por la decisión discrecional del titular de la dependencia, Agustín Carstens, exsubdirector gerente del Fondo Monetario Internacional.
Se trata de una facultad del secretario de sobreseer, a discreción, expedientes abiertos por defraudación fiscal. Lo anterior se conoció como respuesta a una solicitud de información (0000600143908) presentada a través del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI). Hacienda reconoció que presentó cinco solicitudes de sobreseimiento ante el Poder Judicial de la Federación para cerrar nueve causas penales.
Sin embargo, en el sexenio pasado la Secretaría declinó informar los montos de las irregularidades detectadas y el nombre de los beneficiados por la decisión del secretario Carstens. La negativa iba acompañada de la frase “inexistencia de la información solicitada”.
El primer sobreseimiento de expediente abierto por fraude fiscal tuvo lugar el 27 de julio de 2007. Con él se cerró una causa abierta el 11 de marzo de 2004; el segundo sobreseimiento se concretó el 4 de septiembre de 2007. También involucraba una causa penal, la cual se archivó. El caso databa del 10 de enero de 2006. En ese mismo mes, pero el día 21, se concretó el tercer sobreseimiento solicitado por la administración de Agustín Carstens. Se cerraron dos causas abiertas el 2 de julio de 2003. El cuarto sobreseimiento se concedió el 13 de noviembre de 2007. Involucraba una sola causa penal que databa del 11 de septiembre de 2006.
Las cuatro causas penales involucradas en el quinto caso se sobreseyeron de la siguiente manera: una el 6 de junio de 2008, dos el 16 de junio de 2008 y la última el 27 de junio de 2008. La primera y la última causas habían sido abiertas el 12 de junio de 2003, mientras que las segunda y tercera, el 16 de noviembre de 2004.
Así, en año y medio de gobierno de Felipe Calderón, la Secretaría de Hacienda concedió cinco sobreseimientos que involucraban a nueve personas. Sumados a los nueve que ocurrieron a lo largo de todo el sexenio de Vicente Fox, el panismo en el poder perdonó de manera discrecional a 14 empresas y, al menos, a 18 personas. A pesar de que esto ocurrió hace cinco y cuatro años, hasta ahora se desconoce quiénes fueron los beneficiados, a quienes se sumarían los correspondientes a los años 2009, 2010, 2011 y 2012. Por eso el actual secretario Luis Videgaray tiene la obligación y responsabilidad de investigar la corrupción en las condonaciones y devoluciones de impuestos, además de informar puntualmente a la sociedad lo que el panismo hizo el sexenio pasado.
Fuentes de Hacienda explicaron que entre los perdonados se encontraban Alfredo Miguel Afif, del Grupo Miguel, e Ivonne Lidia Bardor Kaess, del grupo Tebo. En la respuesta a la solicitud de información, Hacienda destaca también que en los casos sobreseídos “el interés fiscal se encuentra pagado o garantizado a satisfacción del Fisco Federal (sic)”. Sin embargo, omite señalar que no todos los ciudadanos gozan de tal deferencia: aunque el contribuyente termine pagando los impuestos que evadió, el proceso penal en su contra se sigue de oficio.
En su alegato, la SHCP también justifica no haber entregado el monto de los impuestos evadidos y de las multas: “La Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones manifestó que no conoce ni posee información relativa a los montos pagados por los particulares (…) De conformidad con lo anterior, la unidad administrativa declaró formalmente la inexistencia de documentos en sus expedientes en los que conste el monto pagado por los contribuyentes, previo al ejercicio de la facultad de solicitud de sobreseimiento”.
Perdón fiscal, facultad “discutible”
El sobreseimiento de expedientes abiertos por delito fiscal debe dejar de ser una facultad discrecional del titular de Hacienda o por recomendación del jefe del Ejecutivo, pues sólo favorece a los grandes contribuyentes que en campañas electorales apoyan con recursos económicos a los candidatos.
Las autoridades fiscales han utilizado los “subterfugios” que permite la ley para condonar multas por el incumplimiento en el pago de impuestos, por lo que debe simplificarse la ley y que el contribuyente no tenga un tortuoso camino para pagar los impuestos, pero quien no cumpla deberá ser sancionado.
Mientras la autoridad otorga perdones fiscales a las grandes empresas, los contribuyentes menores y asalariados deben pagar puntualmente sus impuestos o enfrentarse a multas y recargos, con la siempre amenaza de ir a prisión si no cumplen. También las micro y pequeñas empresas son perseguidas ferozmente por el fisco, cuando su situación económica se ha visto deteriorada por las equivocadas políticas públicas en materia económica y para ellas no hay perdón fiscal.
La facultad del secretario de Hacienda para perdonar a discreción a los contribuyentes omisos, se encuentra en el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, el cual señala:
“Los procesos por los delitos fiscales (…) se sobreseerán a petición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando los procesados paguen las contribuciones originadas por los hechos imputados, las sanciones y los recargos respectivos, o bien estos créditos fiscales queden garantizados a satisfacción de la propia Secretaría. La petición anterior se hará discrecionalmente, antes de que el ministerio público federal formule conclusiones y surtirá efectos respecto de las personas a que la misma se refiera.”
Este artículo propicia un trato desigual e inequitativo entre los contribuyentes. Además, se trata de una facultad discrecional que da pie al ejercicio de una política de terrorismo fiscal, evidente en la persecución contra algunos gobernados. También propicia problemas de corrupción de servidores públicos.
Por eso ese artículo 92 del Código Fiscal que faculta a la Secretaría de Hacienda a sobreseer de forma discrecional los procesos por delitos fiscales es inconstitucional, pues el artículo 102 de la Constitución establece que el ejercicio de la acción penal corresponde sólo al Ministerio Público, por tal motivo Hacienda no puede ejercer o perdonar esa acción penal.