Servidores públicos de los poderes Ejecutivo y Judicial violaron la libertad de expresión de los periodistas de Contralínea, al favorecer indebidamente a representantes del Grupo Zeta en una demanda por daño moral que éstos interpusieron. El caso se desprende de trabajos periodísticos que evidenciaron actos irregulares del personal de Pemex con los contratistas privados. Por ello, la CNDH recomienda a las autoridades que el desempeño informativo de este semanario “no se vea coartado ni amenazado por circunstancia alguna”
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determina que servidores públicos del Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, así como del Juzgado Sexagésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal actuaron en agravio a la libertad de expresión de integrantes de la revista Contralínea.
Lo anterior se expone en el expediente CNDH/5/2012/979/Q llevado por la Quinta Visitaduría General, de la Dirección General del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos de dicha Comisión, encabezada por Víctor Manuel Serrato Lozano.
El organismo autónomo, que preside el ombudsman nacional Raúl Plascencia Villanueva, indica en el documento QVG/DGAP que “los hechos cometidos en su agravio pudieran encuadrar en la aplicación de medios indirectos para limitar la libertad de expresión a través de mecanismos aparentemente legales, con los que se trata de evitar se difunda o publique información de diversa índole, lo que genera incertidumbre, temor e inseguridad”.
Por ello, recomienda a las autoridades federales y estatales competentes prevean las políticas públicas necesarias para emprender acciones contundentes, a fin de garantizar las condiciones de seguridad y prevención para que el desempeño periodístico “no se vea coartado ni amenazado por circunstancia alguna”.
Recomendación 20
Vinculada con el expediente CNDH/5/2012/979/Q, la CNDH emite la Recomendación General 20, denominada Sobre agravios a periodistas en México y la impunidad imperante, en la que indica que autoridades encargadas de procurar justicia “han propiciado un significativo vacío de resultados en la investigación de los delitos cometidos en perjuicio de periodistas y medios de comunicación”.
El documento se deriva de la queja interpuesta por el director de la revista Contralínea, por violaciones a derechos humanos cometidas en su agravio y del personal de la publicación.
De noviembre de 2004 a agosto de 2008, Contralínea realizó investigaciones que involucran a funcionarios de alto nivel del sector energético, la Presidencia de la República –entonces a cargo de Felipe Calderón Hinojosa– y contratistas de Petróleos Mexicanos (Pemex) en irregularidades y en la asignación de millonarios contratos fuera de la ley.
Luego de las publicaciones, se recibieron amenazas por parte de funcionarios de Petróleos Mexicanos, así como de los directivos y abogados de empresas del Grupo Zeta, involucradas en algunos de los reportajes difundidos.
Grupo Zeta es un consorcio de gas licuado de petróleo presidido por Jesús Alonso Zaragoza López, quien amenazó a los periodistas con presentar 80 demandas en su contra, una por cada una de sus empresas.
Así, Zaragoza López demandó a los periodistas ante el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, expediente 757/2007; el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, expediente 905/2007; el Juzgado Quinto de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, expediente 383/2008; el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, expediente 393/2008; en todos los casos, por supuesto daño moral.
Ya en septiembre de 2009, la CNDH había emitido una primera resolución al expediente de la queja CNDH/5/2008/4462/Q, en la que acreditaba que “fueron vulnerados los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y a la libertad de expresión”, en agravio de los periodistas e integrantes de la revista Contralínea.
Ahora, la Recomendación General 20 –fechada el 15 de agosto pasado– menciona que una de las prácticas que inhiben la libertad de prensa se da en aquellos casos en los que “servidores públicos o representantes fácticos de poder interponen denuncia penal cuando ven afectado su derecho al honor, inhibiéndose así la libertad de expresión”.
Agravio a periodistas
Del 1 de enero de 2000 al 31 de julio de 2013, el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos de este organismo ha integrado 842 expedientes de queja relacionados con violaciones a derechos humanos cometidas en agravio de periodistas y medios de comunicación. El registro fue en ascenso anualmente. A principios de las administraciones panistas los casos documentados fueron 13; a finales, 98.
También, en los últimos 13 años, la CNDH ha documentado el asesinato de 85 periodistas. Los estados en donde se han cometido más homicidios en contra de los comunicadores son Veracruz y Tamaulipas, con 12 cada uno; le sigue Chihuahua, con 11, y Guerrero, con 10.
Otro dato que refleja las condiciones de inseguridad en que se encuentran los integrantes del medio periodístico es que la CNDH ha solicitado medidas cautelares a diversas autoridades en 74 ocasiones, de 2005 a julio de este año.
“Las deficiencias en el sistema de seguridad pública y de impartición de justicia; la corrupción y el abuso de poder en algunas instituciones; la ausencia de programas de prevención, inspección y supervisión efectivos, de sanciones puntuales y ejemplares para aquellos servidores públicos infractores o negligentes, ha propiciado el incremento en la impunidad respecto de las agresiones en perjuicio de integrantes del sector periodístico”, indica la CNDH.
Incumplimiento de Estado
La Recomendación General 20 Sobre agravios a periodistas en México y la impunidad imperante dice que cuando el Estado no cumple de manera efectiva con la función de seguridad pública para prevenir cualquier agravio contra periodistas, comete un acto particularmente grave.
Por una parte, indica el organismo autónomo, “la impunidad propicia la repetición crónica de las agresiones y, por la otra, al silenciarse las fuentes de información se vulnera el derecho de la sociedad a estar debidamente informada”.
Asimismo indica que “esta omisión por parte del Estado resulta especialmente delicada por el efecto intimidatorio que se genera sobre los demás periodistas en particular y respecto de la sociedad en general”.
Consecuencia de un Estado omiso es la impunidad ante la ausencia de resultados para esclarecer los hechos que les han causado agravio. Además, se genera el desánimo para denunciar, origina un clima de amedrentamiento y zozobra en perjuicio del libre ejercicio del sector periodístico, que inhibe poco a poco la libertad de expresión, menciona la Recomendación.
También, expone la CNDH, “favorece la autocensura por parte de algunos periodistas o medios de comunicación, a fin de evitar convertirse en víctimas de venganza y represión; así como menoscabar la calidad de la vida democrática del país al privar a la ciudadanía de información completa, confiable, oportuna y diversa a la que tiene derecho, y con base en la cual toma muchas de sus decisiones en el ejercicio de sus derechos”.
Entre las conclusiones de la Comisión, destaca que las autoridades encargadas de procurar justicia “han incurrido en dilación y deficiente integración de las indagatorias en los casos de agresiones a periodistas y medios de comunicación, lo que se traduce en violación a los derechos a la integridad y seguridad personal, así como a la seguridad jurídica”.
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