¿Se justifica la existencia del INEE?

¿Se justifica la existencia del INEE?

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación debe desaparecer, pues ni siquiera tiene la facultad de definir las evaluaciones que aplica a docentes y alumnos: sólo administra los lineamientos ordenados por entidades internacionales, como la OCDE

Los desarrollados nos venden la idea de que los males creados por ellos serán curados con las medicinas que nos venden ellos

La reportera Laura Poy Solano hizo una interesante entrevista al nuevo presidente del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), Eduardo Backhoff Escudero (La Jornada, 30 de julio de 2017, página 5), de la que destaca su afirmación de que la corrupción es un freno para la puesta en práctica de la reforma educativa. Interesado en el tema, analicé con cuidado el contenido de la publicación.

Informó el funcionario que lo que busca la citada reforma es “mejorar las condiciones para que los estudiantes aprendan”, por lo que se están realizando cambios que tienen como ejemplo lo que se hace en otros sectores: “[…] hay que ver cómo lo hacen otras profesiones, como los médicos. En el sector salud, primero para que tú entres a la escuela de medicina tienes que ubicarte entre los mejores estudiantes del país o de tu universidad. Estás en el percentil 95 o más arriba, es decir, el 5 por ciento más capaz, el mejor educando es el que entra”.

Al referirse al magisterio que es objeto de la reforma educativa, aseguró que los que ingresan “son los que tienen una preparación más baja”. Además, casi todos los que ingresan egresan, lo que indicó –según Backhoff– “que hay muy poco control de calidad, es decir que, independientemente de que los alumnos estudien o no, de cualquier forma obtienen su certificado. Ha sido un descuido terrible”. Y eso, sostuvo, ha ocurrido durante 70 años.

En cambio, con la reforma educativa, “se coloca al maestro como un componente central en la transformación del sistema educativo”, pero hay inercias que impiden que se aplique a plenitud, porque sus autores “no anticiparon la gran resistencia ni todos los problemas que se iban a encontrar”. Sobre todo, la corrupción de “grupos sindicales y del gobierno”.

No es cualquier cosa lo que dijo el presidente del INEE: una reforma que permitirá a México “salir de la pobreza” está siendo frenada por la corrupción –muy vieja, por cierto– de grupos sindicales y del gobierno que no entienden que esa reforma nos hará tener “un mejor país, un mejor sistema educativo”. Viniendo del directivo mayor del aparato evaluador del gobierno, es una imputación muy seria.

El contenido formal de la reforma educativa

Para saber si la apodada reforma educativa es tan maravillosa como nos la presenta el presidente del INEE, es necesario precisar en qué consiste: en 2013, el gobierno de Enrique Peña Nieto inició un proceso de reforma que consistió en modificar el contenido de los Artículos 3 y 73, fracción XXV, de la Constitución Mexicana (ver recuadro).

Para reformar la Constitución se necesitó un acuerdo político entre “las principales fuerzas del país”: los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y otros que forman parte del sistema. Estaba en auge el gobierno peñista, alentado por el retorno del tricolor a la Presidencia de la República, y los demás entraban a una complicidad que con el tiempo se ha ampliado. Entonces se puso en marcha el denominado Pacto por México, que benefició a todos los integrantes de la casta hegemónica.

Vinieron más tarde tres leyes secundarias que reglamentaron esos preceptos y que dieron sustento a la puesta en acción de la reforma educativa. A diferencia de lo que ocurrió con las otras “reformas estructurales”, en este caso sí hubo una respuesta organizada por parte de los miembros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y del normalismo sobreviviente. Y la respuesta fue brutal.

En síntesis, lo que contiene explícitamente la que apodan reforma educativa es lo siguiente:

  1. Se incluye el concepto “calidad” entre los fines que debe perseguir la educación.
  2. Se formaliza el concepto “profesional docente” para aplicarlo a las personas que prestan servicios en el ámbito educativo a cargo del Estado (enseñanza básica y de nivel medio superior).
  3. Se estatuye la evaluación obligatoria para todos los profesionales docentes para su ingreso al servicio, su promoción y su permanencia. A este requisito se le otorga carácter constitucional.
  4. Se crea un inmenso aparato evaluador nombrado Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE), al que se dota de autonomía. Se asegura de ese modo que la evaluación sea siempre externa.
  5. Se legaliza la práctica de exámenes periódicos a todos los profesionales docentes y a sus alumnos. Éstos sirven para decidir el ingreso, la promoción y la permanencia de los evaluados en el servicio.

Así, sencillito, parece un cambio positivo o, cuando menos, de proporciones menores.

Pero la reforma tiene un currículum oculto. Lo primero que resalta es que no estamos ante una reforma educativa: el cambio constitucional y las leyes que emanaron de él no tienen relación con la mejora de la educación. El optimismo del presidente del INEE carece entonces de sustento. La reforma es, claramente, de contenido laboral y administrativo, ya que crea una categoría nueva para los prestadores del servicio docente e instala un enorme aparato para aplicar la evaluación. Así, es válido entrecomillar la expresión cada vez que la utilicemos.

Además, le vemos estos efectos no explicitados:

  1. Saca del ámbito de aplicación del Artículo 123 constitucional a 1 millón y medio de personas que actualmente son trabajadores de la educación y pertenecen al sindicato más grande de América Latina. Ya son “profesionales docentes”, de modo que carece de sentido que estén afiliados a un sindicato cuya finalidad es proteger a personas que prestan su fuerza de trabajo a cambio de un salario.
  2. En consecuencia, los prestadores de servicios pierden los derechos de los que han sido titulares, especialmente el de estabilidad en el empleo. Y las nuevas reglas se les aplican retroactivamente, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dicho que por encima de sus derechos está “el interés superior del niño” a recibir una educación de calidad. Una monstruosa violación de sus derechos humanos que acaba con el estado de derecho. Y se patentiza la falsedad de lo expresado por Backhoff cuando afirmó que esa “reforma educativa” coloca al maestro como su componente central.
  3. La evaluación que se aplica a los profesionales docentes es diseñada por los organismos internacionales de crédito –en particular por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)–, conocidos como “el gobierno que gobierna todos los gobiernos” porque imponen decisiones a los países endeudados.

El presidente del INEE sólo admite como verdad divina que la evaluación es muy benéfica para México, pero no aporta una sola idea en ese sentido. Llevamos al menos cuatro reformas neoliberales y siempre nos dicen que las cosas van peor. Así que la evaluación gubernamental –en realidad trasnacional– carece de credibilidad.

  1. La evaluación tiene principio pero no tiene fin: dura toda la vida del profesional docente. Es el sueño de cualquier patrón del universo: permite echar a cualquier trabajador (al que ya ni siquiera se le considera como tal), con plena justificación, pues no supera las pruebas que le pone y cuyo contenido él define. El anhelado despido discrecional.
  2. La evaluación se practica a los profesionales docentes y a los alumnos. Y la permanencia de aquél depende no sólo de sus aciertos, sino de terceras personas. Puede ser separado si los estudiantes no contestan lo que los evaluadores quieren. Un acto de otros lesiona los derechos humanos de quienes prestan servicios educativos. Y se trata de más de 1 millón de personas que, por añadidura, recibieron una formación profesional (que, por cierto, no es del agrado de Backhoff).
  3. El INEE no merece el nombre que lleva ni las prerrogativas legales que se le otorgaron. No es un Instituto que defina lo fundamental de la evaluación, sino un mero departamento que aplica las directrices (órdenes) de la OCDE. Tiene entonces razón Backhoff cuando habla de corrupción, pero debiera referirse a la creación de un gran instrumento burocrático sin razón de ser. Desde su surgimiento, no hemos visto que sea mejor la educación que reciben nuestros niños; por el contrario, sólo presenciamos la agudización de conflictos sociales por la falta de una verdadera reforma educativa que comience sacudiendo a la educación de las plagas que hoy la dirigen. Y que revise la corrupción del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.
  4. Y de remate, la calidad de que se habla en las esferas oficiales es la que se usa en la producción. Así lo revela la declaración de Backhoff cuando se queja de que en las normales “hay muy poco control de calidad”. Como si la formación educativa fuera cuestión de producir más piezas o más artículos de consumo; y los estudiantes se pudieran equiparar a una máquina salida del proceso de fabricación.
  5. La verdad es que los maestros desaparecen del escenario de quienes propenden la “reforma educativa” neoliberal. Considerarlos prestadores de servicios es equipararlos con un dentista que tiene clientes: se le paga por lo que hace y no adquiere derechos respecto de la persona a quien atiende. O un abogado que defiende en un caso, pero que no necesariamente laborará en otra circunstancia para la persona defendida.
  6. El Estado se sacude de responsabilidades sociales, pues las grandes tareas como la educación y la salud adquieren el carácter de simples negocios entre particulares. Si el ciudadano común las puede adquirir, qué bueno; si no, ni modo; es por su falta de competitividad.
  7. La predicción de Orwell se hace realidad: el “Gran Hermano” nos vigila y nos castiga por medio de la evaluación. Nada se escapa a su control y a sus determinaciones. La educación se convierte en un medio de mediatización de la sociedad, que debe aprender a ser feliz en la forma como el sistema lo autoriza.

Como puede verse, el diablo es peor de cómo lo pintan. ¿Maestros con iniciativa educadora? Para qué, si el sistema únicamente requiere facilitadores que transmitan las verdades de los países imperiales.

Aun en la hipótesis no deseada de que se mantenga la apodada “reforma educativa”, el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación resulta innecesario. Nada define acerca de la evaluación, pues todo viene empaquetado de la OCDE. Debiera ser un departamento de aplicación de la evaluación, con personal meramente de ejecución de instrucciones.

O, mejor todavía. Como forma parte de un paquete que nos impuso el gobierno de Enrique Peña Nieto, que desaparezca cuando éste renuncie con todo y la “reforma educativa”. Ésta no nos hará un mejor país ni hará que nuestros niños reciban una mejor educación, porque fue hecha para domesticar y controlar (y en su caso reprimir) a los maestros y no para resolver problemas educacionales.

Artículos reformados en materia educativa

 “Artículo 3. […] Párrafo tercero. El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

 “[…] IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá: a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema; b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social. La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual, con previa comparecencia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el Ejecutivo Federal. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal. Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia. La Junta de Gobierno de manera colegiada nombrará a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley. La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.

“[…] Artículo 73. El Congreso tiene Facultad […] XXV. Para establecer el Servicio Profesional docente en términos del Artículo 3 de esta Constitución; establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la federación, las entidades federativas y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma.”

José Enrique González Ruiz**Doctor en ciencia política y en derecho constitucional; exrector de la Universidad Autónoma de Guerrero

[ANÁLISIS EDUCATIVO]

 

 

Contralínea 553 / del 21 al 27 de Agosto de 2017

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