Rodríguez Bucio exhibe a ocho juzgadores que beneficiaron a delincuentes

Rodríguez Bucio exhibe a ocho juzgadores que beneficiaron a delincuentes

Rodríguez Bucio exhibe a ocho juzgadores que beneficiaron a delincuentes

Los jueces Arturo Medel Casquera, Gabriela Capetillo Piña, Verónica Gutiérrez Fuentes, Jesús Anim López Islas y Edgar Alonso Ambriz Tovar; así como los magistrados Federico Jorge Martínez Franco (presidente) y José Manuel Torres Pérez, y la licenciada Loreto Mejía Lucero (secretaria en funciones) habrían beneficiado indebidamente a delincuentes relacionados con los delitos de robo de combustibles y contra la salud, reveló el subsecretario de Seguridad Pública, Luis Rodríguez Bucio.

Al presentar su informe quincenal sobre el combate a la criminalidad, exhibió tres casos “en los que se observa a jueces [y magistrados] que favorecen de alguna manera con sus decisiones a los delincuentes”. Todos se relacionan con la extracción ilegal de combustibles en perjuicio de Petróleos Mexicanos y la hacienda pública nacional.

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En la conferencia presidencial, el general Rodríguez Bucio expuso el primer caso sobre una toma clandestina localizada en la Ciudad de México. “En julio de 2019 se reporta una toma clandestina en el poliducto Azcapotzalco, terminal Satélite, donde se encuentra una derivación que se dirigía a un predio con un portón verde, ubicado en el número 100 o 100 Bis de la calle Lago Garda, en la colonia Anáhuac. Dada la peligrosidad de la situación, el predio fue asegurado. Al interior,  se localizó un centro de almacenamiento de combustible robado y la FGR abrió una carpeta de investigación”.

Al respecto, el funcionario federal indicó que el caso fue judicializado ante el juez Arturo Medel Casquera, quien en enero de 2023 “decretó el no ejercicio de la acción penal contra el dueño del inmueble, aduciendo que no se acreditó si la toma clandestina estaba en el número 100 o en el 100 Bis del inmueble, aunque se trataba del mismo predio. Todo ello dejó sin efectos legales las actuaciones realizadas por la FGR y se liberó el inmueble”.

De acuerdo con el subsecretario, el propietario del inmueble asegurado declaró que, de acuerdo con las escrituras, el número correcto de la vivienda es 100, pero él –para efectos de identificar el inmueble– le puso 100 Bis, y reconoció que se trataba del mismo inmueble. “Hago una aclaración, que en las escrituras el número de la vivienda correcto es el número 100, pero yo, para efecto de identificar, le puse  el número 100 Bis”, se lee en la declaración del propietario.

“Entonces, este fue el motivo por el cual no se pudo actuar contra esta persona”, advirtió el general Rodríguez Bucio. Y agregó que en mayo pasado se reincidió en el delito. “De nuevo la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México reportó olor a hidrocarburo en el mismo inmueble que había sido liberado por el juez Arturo Medel Casquera, lo que representa un peligro en esa zona y hay una nueva carpeta de investigación, y actualmente de nuevo el predio se encuentra asegurado”.

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Juezas Gabriela Capetillo y Verónica Gutiérrez

Un segundo caso que exhibió el subsecretario de Seguridad Pública es el de una persona de nombre Ernesto Tinajero: “entre 2020 y 2023, Pemex ha identificado 615 tomas clandestinas entre los kilómetros 188 y 192 del poliducto Tuxpan-Tula, esto en Cuautepec de Hinojosa, Hidalgo. En dicho espacio, se encuentra una exhacienda de nombre San Juan Hueyapan, propiedad de Ernesto Tinajero. Por esos hechos, de las denuncias se han iniciado 20 carpetas de investigación”.

Al respecto, detalló que una de esas tomas clandestinas se localizó –con el apoyo de un canino de nombre Bono– el 19 de noviembre de 2021; “sin embargo, Ernesto Tinajero no permitió que Pemex inhabilitara la toma clandestina. Pemex presentó una denuncia contra Tinajero por encubrir la toma clandestina encontrada con el apoyo del binomio. Sin embargo, la jueza Gabriela Capetillo Piña no consideró válida esta forma de detección  de la toma [clandestina]”.

Rodríguez Bucio agregó que en enero de 2023, Ernesto Tinajero fue citado a comparecer en una audiencia por el delito de sustracción ilícita de hidrocarburos; y luego del término constitucional de 72 horas, se le decretó como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa. “Tres días después, el 13 de enero, la jueza Verónica Gutiérrez Fuentes dictó auto de no vinculación a proceso, pues consideró que no se acreditaron elementos del tipo penal, aun cuando el imputado aceptó tener conocimiento de las tomas clandestinas al interior de su predio, así como del robo del hidrocarburo que se realizaba en el mismo”.

Para el 18 de enero, la Fiscalía General de la República apeló la resolución; “sin embargo, esta determinación fue confirmada por el Tribunal Colegiado de Apelación número 29, pues ellos consideraron que los agravios expuestos resultaban infundados e inoperantes”. Los integrantes del Tribunal son los magistrados Federico Jorge Martínez Franco (presidente) y José Manuel Torres Pérez, así como la licenciada Loreto Mejía Lucero (secretaria en funciones).

Pero ahí no acaba la historia de impunidad. El subsecretario narró que el juez Jesús Anim López Islas, del Poder Judicial de Hidalgo, concedió la  suspensión condicional a favor de Ernesto Tinajero, luego de que éste fue detenido el 21 de enero de 2023 por delitos contra la salud. “Se le decretó la libertad, bajo algunas condiciones, como residir en un lugar determinado, tener un trabajo fijo y firmar periódicamente”.

Juez Edgar Alonso Ambriz Tovar

El último caso que expuso el funcionario ocurrió en Tlajomulco de Zúñiga: el 30 de diciembre de 2022, Fernando “N” fue detenido en flagrancia por elementos de la Guardia Nacional, al ser sorprendido realizando una remoción de tierra con una pala sobre el poliducto Salamanca-Guadalajara.

Tras esta detención, “fue presentado ante el juez de control Edgar Alonso Ambriz Tovar, por el delito de alteración de ductos; sin embargo, el juez ordenó su libertad pues, a su parecer, la pala que traía en la mano no era un elemento idóneo para la instalación de una toma clandestina. También determinó el juez que, si bien el detenido traía un niple, de los que se utilizan para colocar en un ducto, no traía la herramienta adecuada para instalarlo ni se le podía atribuir que él hubiera colocado la toma clandestina en el lugar donde había sido  detenido”.

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