La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha admitido 22 casos contra la administración de Hugo Chávez Frías. Respecto a la no renovación de la concesión a la televisora Globovisión, la CIDH determinó que el gobierno venezolano no violó las libertades de expresión, de propiedad ni de igualdad.
El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela no violó las libertades de expresión, propiedad e igualdad de la empresa de comunicación privada Globovisión, determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El 3 de marzo notificó al Estado venezolano el contenido de la sentencia del caso denominado “Gabriela Perozo y otros” (Globovisión) contra el gobierno del presidente Hugo Chávez Frías.
“No ha sido establecido que el Estado haya violado el derecho a la libertad de expresión de los periodistas y trabajadores de Globovisión, ni que haya violado el derecho a la propiedad privada de la empresa o que violara el derecho a la igualdad ante la ley en perjuicio de la misma”, apunta la decisión.
Con esa sentencia concluye la pugna legal que la televisora presentó ante esa instancia regional el 26 de mayo de 2007, cuando su licencia no fue renovada por el gobierno, al que acusó de “violar la libertad de expresión”. En aquella ocasión, Oswaldo Quintana, vicepresidente de asuntos jurídicos de la emisora, declaró a la agencia noticiosa France Press: “Hemos presentado a la CIDH una demanda contra el Estado venezolano por violar la libertad de expresión”.
Se refería al juicio que formalizaron tres directivos, 16 periodistas, 10 camarógrafos, 10 asistentes, dos técnicos, un productor y dos trabajadores de Globovisión por supuestas agresiones, violación al derecho a la libertad de expresión, a las garantías judiciales y a la propiedad.
Casi un año después, el 8 de mayo de 2008, comenzó en San José, Costa Rica (sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), la audiencia pública que revisó la demanda de Globovisión, considerada como el juicio más mediático de la CIDH.
En aquella ocasión Luis Britto García, asesor del gobierno y especialista en medios, señaló que en la demanda “se invocan hechos que en gran parte no están probados”, además de que se omite la conducta de los propios medios de comunicación, “que han instigado al odio, a la guerra civil, al golpe de Estado y al magnicidio”.
Carlos Ayala Corao –quien fuera acusado por su supuesta participación en el decreto de Pedro Carmona en el golpe de 2002 que desalojó por unas horas del poder al presidente Hugo Chávez Frías– es el abogado de Globovisión. Es conocido por sus relaciones con los integrantes de la Corte Interamericana, de la que fue miembro en 2008. Presidía la Comisión Andina de Juristas (CAJ), de donde proceden dos de los jueces de la instancia regional que entenderían del caso denominado “Gabriela Perozo y otros”: Cecilia Medina Quiroga (presidenta de la CIDH) y Diego García Sayán (quien se inhibió de la causa).
De acuerdo con el ministerio venezolano del Poder Popular para la Comunicación y la Información, la “red de intereses” que tejió Ayala Corao involucra a “acusadores, demandantes, medios de comunicación y hábiles negociantes” que buscaban un veredicto único: culpar a Venezuela de violar derechos humanos.
Sin embargo, la decisión de la instancia interamericana niega que el gobierno de Chávez Frías violara alguna de las libertades que dieron lugar a la acusación de Globovisión y, además, sale al paso de críticas de algunos venezolanos que indican que recibe “dictados de la Casa Blanca”.
Veintidós causas contra Venezuela
Desde 1970 hasta 2008, la Corte Interamericana admitió 26 casos contra el Estado venezolano; apenas cuatro de ellos antes de 1999 y 22 luego de que Hugo Chávez llegó a la presidencia del país.
Analistas como Britto García señalan que la CIDH no dictó medida cautelar para proteger los derechos humanos en Venezuela, “ni siquiera en 1989” cuando ocurrió una masacre de civiles (el Caracazo); tampoco se ocupó del libre ejercicio periodístico durante las desapariciones, asesinatos, cierre de medios y torturas que ocurrieron en esa época.
El 24 de octubre de 2003 ocurrió otro desencuentro entre la CIDH y Globovisión.
En aquella ocasión, la instancia judicial decidió no ratificar medidas a favor de la emisora, es decir, anuló la medida cautelar que impuso el 3 de octubre a favor del canal, que pedía la devolución de unas antenas que le fueron incautadas.
El 3 de octubre de ese año, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela abrió un procedimiento legal contra Globovisión y retuvo provisionalmente las antenas porque presumió que operaban en frecuencias no autorizadas.
Tras la determinación de la CIDH, Jesse Chacón, ministro de Comunicación e Información, se congratuló de que ese organismo no hubiera convalidado el uso clandestino de frecuencias y “abierto las puertas al caos en las telecomunicaciones del continente”.
Aunque en opinión del ministro, la CIDH “no es independiente”. Cambió su decisión a favor de la televisora “porque no le quedó otra salida” y, de mantenerla, violaría las normas de la Organización Internacional de Telecomunicaciones.
Además, se han dado en Argentina, Chile y Brasil otros procedimientos administrativos como el que se abrió a Globovisión; “no reconocerlos sentaría un precedente”, indicó Chacón.
Luego de que en 2007 la CIDH dio entrada al caso de “Gabriela Perozo”, la periodista que dio nombre a la demanda de Globovisión confirmó un año después su denuncia por el ataque y destrucción a un vehículo de esa empresa. Sin embargo, su relato fue desestimado por los jueces porque no fue confirmado por su asistente; un hecho que el abogado Saltrón calificó de “libreto de melodrama”.
Luego de conocer la decisión de la entidad judicial interamericana, el diario opositor El Nacional dio voz al presidente del Colegio Nacional de Periodistas, William Echeverría, quien afirmó: “Se hace finalmente justicia por el más alto tribunal hemisférico”. Esa expresión se refiere al aval del Estado venezolano para que los trabajadores de Globovisión trabajen sin restricciones.