La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó a los congresos de los estados de Sonora y Guanajuato reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. Asimismo, convocó a los legisladores de dichas entidades a que tomen en consideración los señalamientos realizados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a este tema.
Esto en el sentido de que la Corte ha indicado que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, además de que la libertad configurativa del legislador esta? limitada por los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación que operan de manera transversal”.
La CNDH recordó a los legisladores que el artículo 1, párrafo quinto, de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos “prohíbe la discriminación motivada por cualquier característica inherente a las personas, y que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación señala las obligaciones que en esta materia deben cumplir todas las personas servidoras públicas e instituciones del país”.
Señaló también que la SCJN ha declarado la inconstitucionalidad de las leyes –de cualquier entidad federativa– que definan al matrimonio sólo como la unión entre un hombre y una mujer, y cuya finalidad es la procreación.
Y confió en que durante los próximos días, los congresos de Sonora y Guanajuato resuelvan en favor de los derechos humanos de la población LGBTTTIQ+, al tiempo que les recordó que los derechos humanos no se someten a consulta.