El derecho al empleo digno para jóvenes, ¿una ilusión?

El derecho al empleo digno para jóvenes, ¿una ilusión?

En 2010, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) anunció que para finales de 2009 se registraron 81 millones de personas jóvenes desempleadas en el mundo; calculó una tasa de desempleo de 12.3 por ciento para personas entre 16 y 24 años en 2011. Ante esto, declaró: “Las tasas de desempleo no reflejan la gravedad en que la crisis ha afectado a los jóvenes, cuya participación en la fuerza de trabajo se ha visto fuertemente afectada”. Este dato se presentó en el Año Mundial de la Juventud, declarado por la Organización de las Naciones Unidas a partir del 12 de agosto de 2010.

Clara G Meyra Segura*

Lo anterior significa un momento en la historia mundial en el que existe un mayor índice de desempleo para jóvenes, manteniendo una relación directa con la actual crisis económica mundial. Por lo tanto, los gobiernos del mundo, al conocer esta situación, tenían la responsabilidad de generar medidas internas para hacerle frente. En el Seminario Iberoamericano de Políticas Sociales en Tiempos de Crisis, realizado en Paraguay, en agosto de 2010, las reflexiones abundaron en la obligación de los Estados de América Latina para crear y fortalecer las redes de protección social.

En México, el empleo juvenil evidencia las omisiones e incapacidades de los órdenes de gobierno para enfrentar una crisis económica, social y política. En los datos preliminares de diciembre de 2010, la Encuesta nacional de ocupación y empleo (ENOE) muestra que el 57.1 por ciento de la población de más de 14 años es económicamente activa y se encuentra ocupada o busca estarlo; el 42.9 por ciento se dedica al hogar, estudia, está jubilado o pensionado, tiene impedimentos personales o lleva a cabo otras actividades, a lo que se le denomina población no económicamente activa. A esto podemos agregar que en 2010 se calculaban más de 7 millones de personas jóvenes que no estaban estudiando ni trabajando. Éstas son las carencias y la falta de respuestas por parte del gobierno para desarrollar condiciones de empleo y de educación.

La OIT, en su informe de Trabajo decente y juventud en América Latina, refleja que sólo se dispone de información para el grupo de los que cuentan con educación superior. Así, entre la población juvenil urbana, el 16 por ciento habría alcanzado ese nivel, porcentaje cuatro veces mayor al 4 por ciento de los jóvenes rurales. Esta diferencia se da tanto en hombres (15 por ciento urbano contra 3 por ciento rural) como en mujeres (18 por ciento urbano contra 4 por ciento rural).

¿Un presidente del empleo?

Hubo en 2006 un tapiz de propaganda electoral por parte del Partido Acción Nacional, concretamente por su candidato a la presidencia de la República, Felipe Calderón, quien prometió ser el presidente del empleo. Aseguraba promover una política del primer empleo para jóvenes. ¿Dónde quedaron las palabras o en qué se han convertido las acciones?

En 2006, Felipe Calderón, en la presentación de las acciones que generaría para el empleo, dijo:

“He dicho que voy a ser el presidente del empleo porque toda la política pública del nuevo gobierno que iniciaré el 1 de diciembre de este año estará orientada a garantizar que los mexicanos tengan empleos dignos, estables, bien remunerados.”

Además, aseguró que daría mayor flexibilidad en la contratación de jóvenes y mujeres para que tuvieran jornadas de trabajo de menos de ocho horas. No se puede negar que se han presentado iniciativas en materia de empleo juvenil; sin embargo, a casi cinco años de su administración, no hay avances.

¿Un programa y una ley como respuestas?

En marzo de 2007, se impulsó el Programa del Primer Empleo, con el que se promovía la generación del trabajo permanente y bien remunerado en la economía formal, y para resolver el problema de desocupación que se concentra en las y los jóvenes recién egresados del nivel superior. Las pequeñas y medianas empresas que se inscribieran a este programa recibirían un subsidio para las cuotas obrero-patronales de aportación a la seguridad social y de los trabajos de nuevo ingreso. El presupuesto inicial para este Programa fue de 3 mil millones de pesos, de acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. Éste fue calificado como asistencialista. El Centro de Reflexión y Acción Laboral destacó cómo el gobierno flexibilizaba las obligaciones de las empresas, de tal forma que les eximía de cubrir una cuota que garantizara el derecho a la seguridad social de todas las personas trabajadoras.

Tuvieron que pasar tres años para que, en octubre de 2010, el Senado de la República aprobara la Ley de Fomento al Primer Empleo, cuya iniciativa fue promovida por Manlio Fabio Beltrones. Ésta otorga beneficios fiscales a patrones que contraten como trabajadores a jóvenes por primera vez y de manera formal. Los beneficios para las empresas serán la reducción del impuesto sobre la renta en un 40 por ciento. Estas medidas se aplicarán a quienes contraten en un mínimo de tiempo de 18 meses a jóvenes, con una percepción de hasta ocho salarios mínimos. Contempla que en caso de que al trabajador del primer empleo le sea rescindido su contrato, en términos del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el patrón no perderá el beneficio concedido siempre que lo sustituya por otro trabajador de primer empleo y conserve el puesto de nueva creación durante un periodo de 36 meses.

Omisiones y contradicciones con el marco nacional e internacional

Lo anterior se contrapone al segundo principio general de la LFT, cuyo sentido es que las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones, ya que esto responde en mayor medida a la figura patronal y empresarial.

El derecho al trabajo es uno de los derechos económicos y sociales de mayor elaboración en contenido normativo. Le reconocen la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, Culturales (PIDESC); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Protocolo de San Salvador; y diversos convenios de la OIT. En el PIDESC, artículos 6 y 7, se señala que toda persona tiene derecho a ganarse la vida mediante un trabajo, lo cual genera la responsabilidad para el Estado de garantizarlo no sólo en términos sociales, sino políticos y económicos. En concreto, el marco normativo facilita crear legislación y políticas públicas encaminadas a garantizar a todas las personas el derecho al empleo, a erradicar la discriminación laboral y la desigualdad, poniendo atención a los diversos grupos en situación de pobreza.

Respuestas en este sexenio para las juventudes en México

Para las mujeres y hombres jóvenes en edad de trabajar, la mitad del total se encuentran sin empleo; la ENOE muestra que existe cerca de 20 por ciento en rezago educativo para mujeres y hombres jóvenes. En el periodo 2008-2009, sólo uno de cada cuatro jóvenes en edad universitaria tiene un lugar en ese nivel educativo (2.8 millones de jóvenes están matriculados en universidades públicas y privadas, Instituto Mexicano de la Juventud, 2010).

En enero de este año, la Procuraduría General de Justicia de Michoacán mostró que cinco de cada seis muertes relacionadas con la delincuencia organizada corresponden a jóvenes de entre 18 y 32 años de edad, sin mencionar que quienes cometen estas ejecuciones también son jóvenes menores de 30 años. De acuerdo con el Observatorio Nacional del Feminicidio, los asesinatos y desapariciones de mujeres aumentaron durante la actual gestión 600 por ciento, contemplando que una de las principales condiciones para cometer estos delitos tiene que ver con ser mujeres jóvenes en situación de pobreza y marginación.

Por otro lado, se encuentra la ocupación de jóvenes en el Ejército. En su informe Infancia y conflicto armado en México, la Red por los Derechos de la Infancia en México destaca el reclutamiento voluntario de jóvenes entre 17 y 18 años de edad en las unidades de transmisiones del Ejército, la formación militar, régimen castrense y condición civil ambigua en las escuelas militares a partir de los 15 años, además de la posibilidad de adelantar su servicio militar. A estos jóvenes se les involucró en actividades de adiestramiento para la erradicación de cultivos de amapola y mariguana durante 2009. En México, la objeción de conciencia ante el servicio militar no existe; sin embargo, la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes la reconoce como derecho fundamental.

Estos hechos aumentan la incertidumbre de la población mexicana, donde más de la tercera parte del total es mujer y hombre joven. Empero, las “opciones” que las instituciones ponen en lo inmediato son crimen organizado, milicia, migración, encierros o la muerte. Lo real es un mayor índice de violencia estructural, desempleo y falta de oportunidades para el desarrollo de todas las generaciones.

Analizar la situación del derecho al empleo para los jóvenes en México reafirma una de las principales características de los derechos humanos: la interdependencia, es decir que uno no puede existir plenamente si otro es violado. De acuerdo con datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, los derechos que más se violan en jóvenes mexicanos son el de la no discriminación, educación, empleo, salud y participación.

El olvido y falta de respuesta hacia el derecho al empleo digno y bien remunerado para jóvenes agudiza una crisis que no verá salida si las acciones del gobierno mexicano se siguen basando en la criminalización, la represión y en la omisión de sus obligaciones.

*Área de Educación, Promoción y Difusión del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, OP, AC

Fuente: Contralínea 223 / 06 de marzo de 2011