Los prisioneros de la “guerra” contra el narco

Los prisioneros de la “guerra” contra el narco

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Desde el inicio del gobierno de Felipe Calderón, los arraigos de supuestos delincuentes en instalaciones militares se cuentan por decenas. Tanto el Ejército Mexicano como la Procuraduría General de la República se niegan a informar del número total de civiles “bajo custodia” militar. Organizaciones defensoras de derechos humanos documentan torturas y abusos de quienes sobreviven a las cárceles castrenses. Ninguna autoridad civil tiene siquiera conocimiento de lo que sucede en esos centros de reclusión


El gobierno del presidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa le ha otorgado al Ejército Mexicano la facultad de tomar prisioneros de “guerra” en la lucha contra las drogas. Mediante la figura legalizada del arraigo –un polémico mecanismo jurídico elevado a rango constitucional el 18 de junio de 2008–, el Ejército mantiene bajo su jurisdicción a un número indeterminado de civiles detenidos en cárceles improvisadas en cuarteles militares.

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) se niega a precisar el número de personas que han pasado por sus cuarteles. Sin embargo, de la escueta respuesta a una solicitud de información presentada mediante la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), se desprende el acuerdo tácito entre la propia Secretaría y los agentes del Ministerio Público para arraigar a civiles en los cuarteles castrenses.

“El arraigo de personas no es responsabilidad de la Secretaría de la Defensa Nacional, obedeciendo únicamente a solicitudes del Ministerio Público de la Federación, atendiendo a sus facultades constitucionales (…) y ante las valoraciones de las circunstancias y la falta de lugares o recursos para aplicarlos en forma inmediata”.

La Procuraduría General de la República (PGR), por su parte, sólo proporciona las cifras respecto del número total de arraigos en el país desde el inicio del sexenio, sin precisar los lugares de las detenciones. La información –proporcionada en respuesta a otra solicitud de información realizada mediante la LFTAIPG– da una idea aproximada de la cantidad de personas que han pasado por los cuarteles militares en condición de prisioneros. La PGR contabiliza, hasta julio de 2009, 729 órdenes de arraigo otorgadas por jueces federales, 336 de las cuales han sido por narcotráfico. Entre el 18 de junio de 2008 y abril de 2010, según le informó la PGR a la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, se solicitaron 647 órdenes de arraigo en todo el país, todas por delincuencia organizada.

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Esta Comisión, junto con otros organismos de derechos humanos como Amnistía Internacional, ha mantenido una posición crítica sobre el uso que el gobierno mexicano le ha dado a la figura del arraigo, y que en muchos de los casos mantiene a civiles incomunicados en cuarteles militares cumpliendo 40 u 80 días de detención. Sin embargo, hasta ahora ha sido prácticamente imposible para estas organizaciones determinar con exactitud el número de personas que han sido encarceladas en cuarteles del Ejército, debido a la opacidad gubernamental y a lo escueto y ambiguo de sus informes oficiales.

Lo que sí han logrado es determinar un patrón de comportamiento y un método de detención de jueces federales, ministerios públicos y oficiales del Ejército. “La lógica del gobierno federal es que todas las autoridades involucradas en el proceso de combate a la delincuencia organizada utilicen el arraigo por encima de los derechos constitucionales”, dice Juan Carlos Gutiérrez, director general de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos.

“La Comisión ha venido documentando decenas de casos de personas que han sido arraigadas en instalaciones militares (…) y ha podido comprobar que primero se detiene a la persona y después se aprueba la orden de arraigo, lo que constituye una detención arbitraria. También se ha documentado la práctica de la tortura en esos sitios por elementos de las Fuerzas Armadas, con el fin de arrancarles confesiones, testimonios o declaraciones auto inculpatorias”, se lee en el documento Arraigo hecho en México, elaborado por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, con el patrocinio de la Unión Europea.

“El Ejército Mexicano ha hecho arraigos históricamente sin haber estado decretados, y en la actualidad, si bien es cierto que le corresponde a la autoridad civil, ahora se lo ha adjudicado el Ejército en la lucha contra el narcotráfico”, dice el general Francisco Gallardo, un veterano militar que se querelló con altos mandos de la Sedena al pretender instaurar un ombudsman en el Ejército. “Es ilegal tener centros de detención en cuarteles militares para civiles o que civiles comparezcan ante la autoridad militar”.

http://contralinea.info/archivo/2010/julio/189/fotos/los-prisioneros/gral-gallardo.jpgRecientemente, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) solicitó a las autoridades mexicanas eliminar la figura del arraigo por violentar las garantías de los detenidos, establecidas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado por México. “Esa figura debe ser derogada de la legislación mexicana”, dijo a la prensa Fabián Salvioli, integrante del comité de la ONU.

“La legalidad implica el cumplimiento de los tratados internacionales, y el Comité contra la Tortura y el grupo de expertos sobre detenciones arbitrarias de Naciones Unidas han dicho con claridad que el arraigo no solamente implica violaciones a disposiciones internacionales en materia de juicios justos, sino que implica el riesgo de que la persona que está siendo sometida al arraigo sea sujeta de tortura o tratos crueles”, dice Alberto Herrera, director ejecutivo de Amnistía Internacional en México.

El uso del arraigo, de acuerdo con los especialistas, se incrementa en el momento que se integra a la Constitución y las autoridades pueden justificar la discrecionalidad de las detenciones en el marco de la lucha contra el narcotráfico bajo términos legales.

“Hemos detectado el incremento de arraigos en Tijuana, Michoacán, Chiapas, Tabasco, Torreón… y no se está arraigando con estrictos controles judiciales”, dice Mayra López, abogada de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos.

“La persona arraigada no tiene contacto directo con un juez y eso genera una disminución de los controles sobre el proceso, la investigación y el trato de la persona”, dice Alberto Herrera. “Y el riesgo se incrementa si el arraigo es en cuarteles militares”.

El 20 de noviembre de 2009, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al gobierno de Felipe Calderón le precisara el fundamento jurídico del arraigo y el procedimiento con que se lleva a cabo. “En particular, cómo se autoriza, quién lo ejecuta y si existe control judicial”.

La CIDH también le solicitó al gobierno los datos acerca de la “autoridad que custodia a las personas detenidas bajo arraigo y cuál es el control que se ejerce sobre los procedimientos de detención”. En el oficio en el que se solicitó la información, se incluían un par de dudas de la CIDH respecto de los casos de tortura y acerca de las “autoridades ante las cuales corresponde efectuar las denuncias”.

Una de las principales preocupaciones que la CIDH ha mostrado en la correspondencia que ha mantenido con el gobierno de México es el arraigo de civiles en instalaciones castrenses, y ha solicitado información sobre “el fundamento para mantener arraigados en cuarteles militares”.

Entre los casos de violaciones a los derechos humanos que la CIDH ha conocido, se encuentra la detención de Ramiro y Rodrigo Ramírez Martínez, Ramiro López Vázquez y Orlando Santaolaya Villarreal, en Baja California.

La historia que tiene la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre este caso plantea dudas razonables sobre la culpabilidad de los procesados y evidencia un patrón de irregularidades en los procesos judiciales.

El 17 de junio de 2009, elementos del Ejército Mexicano irrumpieron en un departamento en Tijuana y detuvieron a Ramiro y Rodrigo Ramírez y a uno de sus primos. La detención la justificaron los militares por una denuncia anónima que alertaba sobre la presencia de “secuestradores” en uno de los departamentos del edificio. De acuerdo con la información que tiene la CIDH, la dirección que quedó asentada en el parte informativo de la Sedena no corresponde con la dirección del departamento en donde estaban los inculpados.

Los tres jóvenes fueron detenidos junto con otra persona que estaba afuera del edificio y fueron acusados de secuestro. “Los presentan como una banda de secuestradores y los fotografían con un montón de armas. Ellos fueron llevados primero a unas casas de arraigo y, posteriormente, a un cuartel militar”, dice Mayra López, abogada de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos, que ha presentado el caso a la CIDH.

En un informe sobre este caso, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que se deslindó al final de las denuncias por tortura presentadas por los detenidos, establece la relación de hechos luego de las detenciones.

A las 00:30 horas del 17 de junio, el agente del Ministerio Público, al recibir la denuncia de los militares contra los cuatro detenidos, solicitó al comandante de la Segunda Zona Militar la custodia de los acusados en las instalaciones castrenses. El 20 de junio, el juez Segundo Federal Penal especializado en cateos, arraigos e intervención de comunicaciones, otorgó el arraigo contra los cuatro detenidos por un periodo de 40 días. El agente del Ministerio Público de la federación, titular de la Mesa V de Averiguaciones Previas de la delegación estatal de la PGR en Tijuana, solicitó la custodia de los arraigados en las instalaciones del 28 Batallón de Infantería.

El 31 de julio, fueron recluidos en la penitenciaría de El Rincón, en Tepic, Nayarit, en donde se encuentran actualmente acusados de secuestro, sin importar las evidencias que encontró el agente del Ministerio Público sobre la tortura a la que fueron sometidos por elementos del Ejército. “La investigación que hemos realizado nos lleva a pensar que es un caso fabricado. Fueron sometidos a torturas; uno de ellos perdió la capacidad auditiva; otro tuvo fractura de costillas, y les trataron de arrancar las uñas de los pies y de las manos”, dice la abogada Mayra López.

López revela algunos de los detalles del juicio: “Algunos de los defensores de oficio instaron a las personas a declararse culpables; en alguno de los casos, está el ministerio público tomándole la declaración, la persona enfrente y un militar apuntándole con un arma atrás. A algunos de ellos, los militares previamente les dieron un guión de la declaración que tenían que decir frente al agente del Ministerio Público”.

Humberto Guerrero, coordinador del área de defensa de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos que presentó el caso ante la CIDH, cuenta que estuvo el 9 de marzo en Nueva York en una sesión ante autoridades de la ONU para hablar sobre el tema, junto a funcionarios de una delegación del gobierno mexicano, entre los que destacaban el procurador de justicia militar y el director de derechos humanos de la Defensa, los generales José Luis Chávez García y Jaime Antonio López Portillo.

El comisionado de la ONU, Nigel Rodley, cuestionó con dureza a la delegación mexicana sobre el tema del arraigo y sobre el fuero militar. Les preguntó directamente si se arraiga en cuarteles militares y los cuestionó sobre los cuatro civiles detenidos en el 28 Batallón de Infantería en Tijuana en junio de 2009. “El gobierno lo que respondió es que el arraigo está sometido a controles jurisdiccionales que evitan que ésta sea una medida arbitraria y niegan que se lleve a cabo en cuarteles militares. Ellos lo negaron tajantemente”, dice Guerrero. “Llegó un momento en el que era evidente que ya no había argumentos y evadieron las preguntas y, en algunos casos, respondieron abiertamente con mentiras”.

Fuente: CONTRALÍNEA 189 / 04 DE JULIO DE 2010