Las organizaciones civiles y los fideicomisos autorizados para recibir donativos tienen hasta el 15 de febrero para presentar su declaración anual de impuestos, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En un comunicado, el SAT señaló que los ingresos y derogaciones se deben presentar a través del Formato 21 “Declaración Anual de personas morales con fines no lucrativos”. De igual manera, anunció que la información proporcionada debe ser consistente con los registros y comprobantes fiscales que integran la contabilidad.
“Es importante tomar en cuenta que, si obtuvieron ingresos no relacionados con los fines autorizados por un monto mayor al equivalente a 10 por ciento de los ingresos totales recibidos en el ejercicio, deben determinar el impuesto que corresponda por el excedente”.
Con ello, el SAT puntualizó que, en caso de incumplimiento, las organizaciones y fideicomisos pueden perder la autorización para recibir donativos deducibles, sin perjuicio de las sanciones aplicables.
Entre los ingresos por los que las organizaciones no pagan el Impuesto Sobre la Renta (ISR), mencionó que son los relacionados a donaciones, apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, entidades federativas o municipios; enajenación de bienes de su activo fijo o intangible; cuotas de sus integrantes; cuotas de recuperación, e intereses.
Así como a derechos patrimoniales derivados de la propiedad intelectual, uso o goce temporal de bienes inmuebles, o “rendimientos de acciones u otros títulos de crédito, colocados entre el gran público inversionista”.
De acuerdo con el Senado de la República, existen 33 organizaciones de la sociedad civil por cada 100 mil habitantes. Ello, según el último informe en 2020.
Por último, el SAT informó que para el resto de los contribuyentes de personas morales, el próximo 1 de abril será la fecha límite para presentar la declaración anual correspondiente al año anterior.
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