En México y en el mundo se recrudeció la discriminación racial al adoptar nuevas formas a causa de la pandemia de Covid-19, en agravio de millones de personas. Desde 2020, enfermos, personal de salud y personas con rasgos asiáticos han sido blanco de agresiones producto de la ignorancia
La discriminación, el racismo y la intolerancia en la era Covid-19 adoptan diversas formas en México y en el mundo: desde negación de principios básicos de igualdad de las personas hasta la instigación del odio étnico, destrucción de vidas, linchamiento, negación de vacunas y señalamientos públicos de zonas de riesgo de contagio, así como innumerables formas de exclusión social.
Tan sólo entre el 20 de marzo de 2020 y el 19 de marzo de 2021 se presentaron 483 quejas por discriminación, de acuerdo con el resumen de denuncias derivadas de la pandemia de Covid-19, de la Dirección General Adjunta de Quejas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Entre los hechos denunciados destacan la exigencia de trabajar en situación de riesgo a personas mayores de 60 años, o con enfermedades crónicas o mujeres embarazadas.
Otros actos discriminatorios denunciados fueron: negación u obstaculización de un servicio privado, obligación de trabajar de forma presencial, desempleo, negación de contratación, despido, disminución o suspensión de salarios, insultos, burlas, amenazas o maltratos, hostigamiento vecinal, condominal, en covivienda o laboral, inobservancia de medidas de confinamiento, sanitarias o sana distancia, dudas o desacuerdo con políticas sanitarias, obligación de trabajar en actividades de riesgo sin protección, negación de atención médica.
Asimismo, dificultades para obtener atención médica, prohibición u obstaculización para trabajar, obligación de descansar sin goce de sueldo, o de ir a trabajar sin las condiciones adecuadas, toque de queda, prohibición de tránsito o cerco sanitario, negación de un programa social o de servicio público, divulgación pública de información clínica, expresiones discriminatorias, suspensión de trámites de instituciones públicas.
Además, divulgación pública de condición seropositiva, inequidad salarial o de prestaciones, mala atención médica, afectación a la salud, discriminación por apariencia física, inconformidad con un trámite ante instituciones públicas, obligación de adquirir insumos o tecnología para trabajar en casa, publicación de imagen inapropiada en redes sociales, señalamientos públicos de zonas de riesgo de contagio, condicionamiento o negación para la aplicación de primera o segunda dosis de vacuna para la prevención de la Covid-19.
De las 483 denuncias presentadas ante el Conapred, por incidencia de casos la Ciudad de México encabeza la lista, con 172; y le siguen: Estado de México (60), Jalisco (22), Veracruz (23), Guanajuato (18), Nuevo León (18), Chihuahua (14), Baja California (12), Querétaro (10), Quintana Roo (10), Tamaulipas (10), Puebla (9), Morelos (8), Sinaloa (7), Coahuila (6), San Luis Potosí (6), Sonora (6), Tabasco (6), Aguascalientes (5), Campeche (5), Durango (5), Oaxaca (5), Hidalgo(4), Michoacán (3), Baja California Sur (3), Colima (3), Chiapas (2), Guerrero (2), Nayarit (2), Yucatán (2) y Tlaxcala (1).
Por sexo, las personas afectadas fueron 253 mujeres y 225 hombres, entre trabajadores, clientes de prestadores de servicios privados, de unidades médicas, adultos mayores, médicos, personal de enfermería, condóminos, derechohabientes, discapacitados, embarazadas, seropositivos, personal de limpieza, trabajadores informales, estudiantes de medicina, beneficiarios de programas sociales, reclusos, becarios, clientes de banco, derechohabientes de instituciones de salud o asistencia social locales, de nacionalidad extranjera.
Respecto de los responsables, la víctimas señalaron a: servidores públicos, instituciones federales de seguridad social, dependencias públicas, entidades públicas, hospitales y clínicas públicas, empresas públicas, escuelas públicas, centro penitenciario federal, servicio público federal, institutos nacionales de salud, autoridades, dependencias, entidades o servicios públicos locales.
No obstante lo anterior, la mayoría de quejas derivaron contra particulares (302): empresas, fábricas, centros comerciales, supermercados, mercados, tianguis, tiendas, arrendadores, administradores de condominios, vecinos o compañeros de vivienda, consultorios médicos o laboratorios privados, escuelas privadas, hospitales privados, bancos o cajas de ahorro, centros de asistencia social, despachos profesionales u oficinas, pequeños negocios, chofer de transporte concesionado, aerolíneas, estancia infantil.
Condición de salud, embarazo, orientación sexual…
César Flores Mancilla, director general adjunto de Quejas del Conapred, dice a Contralínea que, si bien no existe un estudio comparativo a nivel mundial que permita ubicar a México en términos de prevalencia de discriminación, ni hay fuentes de información internacional estandarizadas que permitan hacer comparaciones, el país tiene tres encuestas nacionales sobre el tema (ENADIS), cuyo cuarto levantamiento no se ha realizado debido a la pandemia.
Por ello advierte que no existe información que permita comparar la situación de 2020 con la recolectada en la última encuesta de 2017. Refiere que, en los últimos cinco años, los motivos más frecuentes de quejas por discriminación fueron por discapacidad, condición de salud, embarazo, orientación sexual, apariencia física, que afectaron a personas en ámbitos laboral, educativo, prestación de servicios privados, gestión pública, cultura, recreación y deporte. Mientras que los derechos humanos más afectados además del derecho a la igualdad y no discriminación, son al trabajo, educación y trato digno.
“Durante la pandemia, observamos y nos pronunciamos en torno a expresiones o actitudes excluyentes en diversas materias. En particular, nos resultaron preocupantes afirmaciones al inicio de la contingencia que relacionaban el Covid-19 con determinada apariencia física u origen nacional, o atribuían el origen de la pandemia a los avances en la igualdad para diversos sectores, como son las personas LGBTI y las mujeres”, subraya.
Flores Mancilla indica que el Conapred rechazó la difusión de tales ideas y exhortó públicamente a la población a difundir información veraz y confiable, así como a evitar la reproducción y transmisión de material que pudiera contribuir a profundizar prejuicios.
Desde el inicio de la pandemia, “se desarrolló una campaña propia contra actitudes de rechazo y agresiones hacia personal médico y de enfermería, con énfasis en el carácter excluyente de tendencias como el rechazo hacia las personas con Covid-19 en centros laborales y condominios, así como algunas medidas restrictivas que limitaban desproporcionadamente el acceso de personas mayores o de madres o padres acompañados de menores de edad a ciertos establecimientos comerciales”.
De forma similar, contra las agresiones y el rechazo a las personas LGBTI, especialmente aquellas que se vieron orilladas a confinarse en hogares donde no se les acepta en virtud de su orientación sexual o identidad de género.
Mayoría de denuncias, por negación de servicios privados
En términos de quejas radicadas ante el Conapred, durante la pandemia los hechos de discriminación más denunciados fueron la negación u obstaculización para la prestación de un servicio privado (supermercados, centros comerciales, tiendas, etcétera) en contra de mujeres embarazadas, personas mayores, personas con discapacidad, o madres o padres de familia acompañados de niñas o niños, representaron el 21 por ciento de las 483 quejas presentadas.
Le siguió la obligación de trabajar presencialmente estando en situación personal de riesgo (diabetes, hipertensión, obesidad, mayor de 60 años, a cargo de niñas o niños, personas mayores o con discapacidad), 18 por ciento. Afectación a derechos laborales por despido, disminución de salario, suspensión de labores, negación de contratación o cambios en las condiciones de trabajo, 11 por ciento; obligación de trabajar presencialmente sin pertenecer a un sector esencial de la economía, 9.7 por ciento, hostigamiento vecinal, condominal o en co-vivienda en contra de personal sanitario o personas enfermas de Covid-19, 6.2 por ciento.
Discriminación, problema estructural
Para el funcionario del Conapred, el combate a la discriminación es una apuesta de largo alcance, requiere de una acción decidida en diversos frentes.
“Entre otros componentes, es indispensable que la respuesta del Estado ante este fenómeno considere la generación de información y diagnósticos precisos sobre la diversidad, así como sobre las dimensiones, expresiones y consecuencias de la discriminación en sus diversas formas y en todos los ámbitos (por ejemplo, salud, justicia, educación, empleo), de manera que sea posible identificar las características del problema, a quiénes afecta y cómo”, apunta.
Así como la atención a casos de discriminación, de manera que quienes enfrenten dicho fenómeno tengan acceso a un mecanismo de reparación; difusión de estudios y de materiales de sensibilización en materia de discriminación, de manera que quienes toman decisiones, pero también el público en general tenga cada vez mayor conciencia sobre este problema.
El impulso a que todas las políticas públicas incorporen una perspectiva de igualdad y no discriminación, de manera que todas las acciones por parte del Estado consideren la gran diversidad que compone a nuestras sociedades. La promoción de un cambio cultural, no solamente a través de materiales educativos e informativos sino también por medio de material y contenidos incluyentes en diversos espacios, como son los medios de comunicación, la publicidad, la producción artística, etcétera. También, la evaluación constante de los avances y retos pendientes, de manera que sea posible definir el rumbo de futuras acciones en materia de igualdad.
“En todos los componentes anteriores, es importante subrayar que la acción gubernamental debe estar acompañada por la sociedad civil, organizaciones, colectivos, empresas, medios de comunicación, la academia y la sociedad en general; es decir, el combate a la discriminación siempre debe considerar la voz de quienes la viven”, enfatiza Flores Mancilla.
Precisa que el Conapred desde su creación en 2004, es un organismo especializado en conocer actos de discriminación por parte de autoridades federales y (a diferencia de cualquier otra institución de derechos humanos) particulares, con competencia en todo el país, sus resoluciones son obligatorias, de comprobarse actos de discriminación dicta medidas de reparación desde una disculpa pública hasta una compensación económica.
Refiere que, al año, Conapred brinda más de 6 mil orientaciones y tiene alrededor de 800 procedimientos de queja en trámite al año, lo mismo contra dependencias públicas que contra grandes empresas privadas.
Sus resoluciones han impulsado modificaciones en temas relevantes como educación inclusiva para niñas y niños con discapacidad, protección al empleo de personas con VIH o igualdad de género en las prestaciones de seguridad social para los trabajadores, mismas que han sido confirmadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Igual, indica que, con las medidas de reparación dictadas por el organismo, en el sector privado y público se obliga a las personas responsables a tomar cursos de sensibilización, se difundan los mecanismos de queja, se adopten protocolos para prevenir estos hechos, lineamientos para sancionarlos o, en caso, procedente, se compense económicamente a las personas agraviadas y el responsable implemente medidas que garanticen su no repetición.
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Discriminación, limitante de derechos humanos
La discriminación es toda distinción, exclusión o restricción que, por acción u omisión, tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir o menoscabar el reconocimiento o goce de los derechos humanos y libertades, de acuerdo con la resolución de la ONU que instauró el 21 de marzo de 1966 el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, luego de que el 21 de marzo de 1960, en Sharpeville, Sudáfrica, la policía asesinó a 69 personas que se manifestaban pacíficamente contra las leyes del apartheid.
En México, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003), define discriminación como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.
Por su parte, el artículo 1 constitucional prohíbe todo tipo de discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra, a fin de evitar la anulación o el menoscabo de los derechos y libertades de las personas.
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