En respuesta a los amparos promovidos por mujeres, personas trans y no binaries, el Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Secretaría de Salud de Chihuahua (SSCH) difundir información e implementar servicios de aborto voluntario hasta la semana 12.6 de gestación para toda persona que lo requiera.
A partir de las tres sentencias, reconoció que las autoridades de Chihuahua violaron los derechos reproductivos establecidos en el artículo 4° Constitucional, al negarse a proporcionar servicios de aborto voluntario en hospitales y clínicas.
El pronunciamiento de colectivas y organizaciones feministas –Marea Verde Chihuahua, Red de Aborto Seguro Chihuahua, entre otros– señaló que esta sentencia marca un precedente importante tanto en el Estado como en el resto del país. “[Estas resoluciones] refuerzan la obligación que ya tienen todas las autoridades de salud: ofrecer atención medica de aborto voluntario en los estados, aún en los estados donde los Congresos locales no han eliminado el aborto voluntario del Código Penal local”.
Debido a que los amparos se encuentran en fase de cumplimiento y los jueces han solicitado a la SSCH el informe de la estrategia para implementar la sentencia, a partir del día de hoy –lunes 27 de mayo– las personas podrán acudir a los servicios de salud a solicitar servicios de irrupción legal del embarazo.
En caso de que el personal se niegue, podrán acudir con magistrados para informar el caso. Las sanciones por incumplimiento van desde multa, hasta la destitución de personas que dirigen la Secretaría de Salud y los Servicios Estatales.
Adicionalmente, el colectivo feminista informó que el Congreso del Estado y la gobernadora de Chihuahua por el Partido Acción Nacional (PAN), Maru Campos, “aún tienen la obligación de reformar el Código Penal local para que nunca más una persona sea criminalizada por abortar”.
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