Con siete votos a favor y uno en contra, de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez constitucional de disposiciones impugnadas de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, publicada el 8 de mayo de 2023. La resolución mantiene la prioridad de las instituciones públicas en la asignación de recursos para la investigación científica, sin excluir la colaboración con el sector privado bajo las condiciones previstas en la legislación.
El máximo tribunal analizó las acciones de inconstitucionalidad 126/2023 y su acumulada 128/2023, promovidas por minorías parlamentarias del Congreso de la Unión contra el decreto que expidió dicha ley durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Durante la discusión, las ministras y los ministros examinaron las condiciones para que investigadores de instituciones privadas accedan a estímulos económicos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII), así como la orientación del gasto público destinado a la ciencia y la tecnología.
El proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra planteó una interpretación conforme del artículo 41 para armonizar sus disposiciones con el derecho a la igualdad. Bajo este criterio, los investigadores adscritos a instituciones privadas podrían recibir apoyos del SNII siempre que colaboren con instituciones públicas mediante actividades académicas, como la impartición de clases o la participación en programas de investigación.
La propuesta también consideró que los apoyos deben sujetarse a los criterios establecidos en la legislación, entre ellos la atención de áreas estratégicas o prioritarias para el desarrollo nacional y de temas de interés público, determinados por la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti).
La ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien señaló haber pertenecido al Sistema Nacional de Investigadores en el nivel III, se pronunció contra las restricciones previstas en los artículos 39 y 41 para el acceso de investigadores de instituciones privadas a estímulos económicos. Consideró que estas condiciones vulneran los derechos a la igualdad y a la libertad académica.
“Obviamente sí se viola el derecho a la igualdad porque tenemos los mismos derechos los que trabajamos en instituciones públicas como privadas. Ustedes dicen: nada más hay que dar clases en una pública. El problema es que no le dan a uno derecho de dar clases en las instituciones públicas y nuestra aportación es en razón de que nuestra investigación es de utilidad porque los pares lo determinan, no una secretaría, no una entidad del Estado”, sostuvo.
Ortiz Ahlf también cuestionó que las prioridades de investigación puedan quedar sujetas a decisiones gubernamentales y defendió la libertad de cátedra como un derecho fundamental.
Asimismo, señaló que el financiamiento de proyectos científicos debe distinguirse de los estímulos económicos individuales, por lo que rechazó que la interpretación propuesta por Herrerías Guerra resolviera las restricciones establecidas en la ley.
“A mi juicio, el financiamiento de proyectos de investigación es distinto del otorgamiento de estímulos individuales, por lo que no resulta válido convertir la condición ‘siempre y cuando’ prevista en el artículo 41 en una alternativa que el legislador no contempló”, argumentó.
La ministra advirtió, además, que el quinto párrafo del artículo 41 condiciona la posibilidad de solicitar el reconocimiento académico a que las instituciones privadas celebren convenios y asuman determinadas obligaciones económicas. “Pues para eso, que no me apoye el Conacyt”, expresó.
En respuesta, la ministra María Estela Ríos González sostuvo que las leyes deben tener un carácter abstracto, impersonal y general, pues “no se establecen para resolver casos concretos específicos basados en experiencias personales de un determinado grupo de personas”.
Ríos González recordó que el SNII estuvo originalmente dirigido a investigadores del sector público y que, posteriormente, se incorporó a académicos de instituciones privadas mediante convenios que contemplaban compromisos específicos de inversión en ciencia y tecnología.
De acuerdo con su exposición, dichos compromisos no se cumplieron y el gobierno terminó asumiendo el pago de los estímulos económicos a investigadores de universidades privadas. A su juicio, esto trasladó al erario obligaciones que correspondían a esas instituciones.
“Fue después, con los cambios que se han vivido, que el gobierno aceptó pagar por completo el estímulo económico de las universidades privadas, con lo que asumió obligaciones que corresponden a las instituciones privadas y en virtud de las cuales ninguno de nosotros, en nuestro carácter de contribuyentes con nuestros impuestos, estamos obligados a pagar. Nuestras contribuciones son para fortalecer el erario y cumplir con causas públicas, no con privados”, señaló.
Para ilustrar su argumento sobre la necesidad de orientar el financiamiento científico hacia objetivos de interés nacional, Ríos González mencionó proyectos desarrollados durante la vigencia de la legislación anterior.
“Hubo proyectos, con la anterior ley, para mejorar la preparación de la barbacoa, para el enfriamiento de pastas para pizzas y de salsas para pizzas, además de pintura para vehículos”, expuso.
“Entonces, pues eso llevó a hacer estas reformas, porque, perdonen, pero ese no es un proyecto que tenga que ver con el interés nacional o para beneficio del país, sino para beneficio de empresas privadas”, agregó.
Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama defendió la orientación del gasto público hacia el fortalecimiento de las instituciones estatales y cuestionó el modelo de financiamiento científico aplicado durante administraciones anteriores.
“La anterior Ley de Ciencia y Tecnología regulaba un organismo público bajo una lógica de mercado que promovió la transferencia de recursos públicos al sector privado, sin un retorno de valor científico o tecnológico para la sociedad en particular. Se identificaron las siguientes problemáticas”, señaló.
Batres Guadarrama afirmó que, entre 2013 y 2018, el entonces Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) transfirió más de 45 mil millones de pesos a empresas privadas, mientras que los recursos destinados a la ciencia básica fueron considerablemente menores.
“El 80 por ciento de los recursos que se encontraban en los fideicomisos, más de 22 mil millones de pesos de 90 fideicomisos, en su mayoría quedaron inconclusos o subutilizados, en lugar de apoyar directamente a la investigación humanística y científica o el desarrollo tecnológico”, añadió.
La ministra ponente, Sara Irene Herrerías Guerra, sostuvo que la interpretación conforme permite armonizar la legislación con el derecho a la igualdad. Explicó que términos como “preponderante”, incluidos en los artículos 39 y 41, establecen una prioridad para las instituciones públicas, pero no una exclusión absoluta de la colaboración con el sector privado.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, respaldó esta orientación al señalar que la finalidad de la reforma es optimizar la inversión pública y priorizar el gasto del Estado en beneficio del interés nacional.
Desde esa perspectiva, consideró que las disposiciones impugnadas no representan una exclusión arbitraria, sino el ejercicio de las facultades estatales para fortalecer el sistema público de investigación.
Durante el debate, Ortiz Ahlf cuestionó los argumentos de sus colegas y sostuvo que algunas de las intervenciones reflejaban un conocimiento insuficiente de las condiciones laborales de los investigadores adscritos a instituciones privadas.
“Qué mal que lo que se ha sostenido ahorita es impreciso. Impreciso porque no tienen conocimiento de la situación que guardan los investigadores”, expresó.
La ministra también recurrió a su experiencia académica para defender la diversidad de las instituciones privadas y su contribución al sistema educativo nacional.
“Para empezar, yo trabajé, o sea, estaba inscrita en la Escuela Libre de Derecho, que he dado 44 años clases sin cobrar un céntimo, un céntimo, y que no tiene como finalidad el lucro. No todas las instituciones privadas persiguen fines de lucro, no es cierto. Hay reconocimiento de validez de las instituciones privadas porque coadyuvan y también aportan al Sistema Educativo Nacional”, expresó.
En otro punto de la discusión, el Pleno avaló la participación de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina en la Junta de Gobierno del entonces Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), al considerar que ambas dependencias pueden aportar conocimientos especializados en ciencia, tecnología e innovación, sin que ello implique, por sí mismo, la militarización de la investigación científica.
Aunque el Conahcyt fue extinguido y sus funciones quedaron bajo la responsabilidad de la Secihti, las ministras y los ministros consideraron que la disposición relativa a la participación de ambas dependencias debe permanecer vigente mientras se realizan las adecuaciones legislativas correspondientes.
De esta manera, la resolución conserva el marco de financiamiento científico establecido en 2023, con prioridad para las instituciones públicas y la posibilidad de colaboración con investigadores del sector privado, sujeta a las condiciones previstas en la legislación.



















