Desde Estados Unidos hasta Francia, pasando por Turquía y Hungría –estos últimos, ejemplos traídos a colación por Luigi Ferrajoli– los poderes judiciales alrededor del mundo enfrentan una indudable crisis. Las judicaturas lidian con cuestionamientos a su legitimidad, así como críticas a su desempeño, el cual se percibe en su generalidad como insuficiente e, irónicamente, injusto.
Estimo simplista achacar los males de los poderes judiciales a vaivenes políticos. La crisis se explica por el deterioro de las premisas sobre las que el derecho, y más concretamente el constitucionalismo actual, fue erigido. Desde su concepción, las judicaturas fueron pensadas como espacios cerrados y autocontenidos. La distancia con la gente se presentó como una garantía de imparcialidad y corrección institucional, aunque el resultado fue un modelo que normalizó la lejanía entre jueces y sociedad. En el mejor de los casos, esas premisas hoy resultan anacrónicas; en el peor, exhiben estructuras atravesadas por elitismo, machismo, racismo y clasismo.
Esta crisis global en los sistemas de justicia evidencia la ruptura entre tribunales y sociedad. Un claro ejemplo de este distanciamiento es México, en donde por años aguantamos un formalismo que privilegió el proceso frente a la verdadera impartición de justicia. El sistema operó bajo reglas comprensibles para pocos y ajenas para muchos, al tiempo que la rendición de cuentas permaneció restringida. Ante un modelo insostenible y un hartazgo generalizado, el país enfrentó la disyuntiva entre mantener al malo conocido o apostar por la esperanza.
La reforma judicial surgió de ese punto de quiebre. El diseño adoptado en México apuesta por la elección popular de quienes imparten justicia, un ensayo consciente para reducir la brecha entre tribunales y sociedad; al permitir que la ciudadanía participe en la selección de sus jueces, la justicia recupera su carácter público y cercano. Esta medida intenta romper con la distancia que durante tanto tiempo separó a las judicaturas del pueblo; al mismo tiempo, pretende asegurar que quienes juzgan entiendan las necesidades y expectativas de quienes acuden a ellos. En esencia, es un paso que busca reconocer y atender las problemáticas del Poder Judicial.
Por supuesto, esta reforma no es la panacea ni corrige de raíz todos los problemas estructurales del sistema judicial. Sin embargo, reconoce una crisis que justamente debería impulsarnos a ensayar soluciones para alcanzar el cambio. Los resultados estarán por verse, pero de momento ya dimos un paso fundamental hacia la construcción de un nuevo constitucionalismo que coloca a la gente en el centro de la justicia.
Ana María Ibarra Olguín*
*Magistrada de Circuito; licenciada, maestra y doctora en derecho









