Tiradero Jilotzingo: amenaza permanente

Tiradero Jilotzingo: amenaza permanente

Desde que el relleno sanitario de Jilotzingo inició operaciones en 2006, advirtieron del daño ambiental: el vertedero de residuos sólidos se encuentra en las inmediaciones de cuerpos acuáticos que abastecen a una importante zona del valle de México. Pese a que el tiradero, operado por Confinam, en la actualidad sólo puede confinar desechos de material de construcción, las casi 800 toneladas de residuos que se han depositado en el lugar mantienen vigente el riesgo ambiental y sanitario

Mayela Sánchez /David Cilia, fotos / enviados

Jilotzingo, Estado de México. Un letrero con la leyenda “Tiro autorizado. Material de excavación, escombro, cascajo” aparece a la entrada del tiradero de San Luis Ayucan, en el municipio de Jilotzingo. Desde julio de 2008, la empresa Confinam, SA de CV, sólo puede alojar residuos de material de construcción en este lugar, luego de haber sido clausurado por albergar desechos biológico-infecciosos fuera de toda norma y sin el manejo apropiado.

Los habitantes de San Luis Ayucan han manifestado su preocupación por la operación del relleno desde 2006: señalan que es un riesgo latente para su salud y para la preservación del ambiente, dada su cercanía con la presa Madín, desembocadura del río San Luis, que abastece de agua potable a los municipios de Tlalnepantla, Naucalpan y Atizapán.

En Jilotzingo, además, existen 80 manantiales que dan una cobertura total al municipio, de acuerdo con datos de la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México. El terreno donde se encuentra el relleno forma parte de la superficie del acuífero Pachuca-Cuautitlán, que provee de agua a 34 municipios del Estado de México y 12 de Hidalgo.

El ingeniero Raúl López Barrera, dueño de Confinam, SA de CV, afirma que la empresa cumplió con todos los requerimientos que estipula la ley para obtener la autorización de instalar y operar un relleno sanitario por 20 años. Sin embargo, un análisis del Grupo de Tecnología Alternativa, AC, señala que la empresa incumplió con las especificaciones del geotextil que debía colocar como parte de la protección para evitar la filtración de líquidos lixiviados al subsuelo, ya que dispuso uno de menor espesor al solicitado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). La perito ambientalista Josefina Mena-Abraham menciona en el análisis que, al ser el suelo de arena limoarcillosa con permeabilidad media y baja, no se puede garantizar que no habrán filtraciones de lixiviados al manto freático, aun empleando la geomembrana de polietileno requerida.

El análisis también muestra una incongruencia respecto de la cantidad de lixiviados que Confinam podría captar, ya que la Semarnat autorizó 44.82 metros cúbicos por año y en el Ordenamiento de Impacto Ambiental la empresa declaró que captaría esa cantidad por día, es decir, 365 veces más de lo que tenía permitido.

A lo anterior se suma la advertencia que hizo el Organismo Público Descentralizado de Carácter Municipal para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Atizapán de Zaragoza (Sapasa) en junio de 2007. En el oficio CJ/07/1190, el organismo señaló el riesgo de que los líquidos lixiviados se filtraran al acuífero Pachuca-Cuautitlán y fueran vertidos al arroyo llamado El Muerto, que desemboca en la presa Madín. Esto podría ocurrir dado que el suelo de la región es arcilloso y tiene una permeabilidad media y baja, señala el documento del Sapasa.


Supuestas irregularidades y violaciones a la ley

Como consta en el acta de cabildo del municipio, el 21 de abril de 2006 la autoridad municipal de Jilotzingo aprobó la operación del relleno sanitario. Uno de los argumentos que se dieron fue la necesidad de rehabilitar el deterioro ambiental que había generado la explotación de la mina Agregados de Chiluca en el lugar, y “el relleno sanitario con residuos no peligrosos significa una buena opción para hacerlo”, señala el acta.

En ese documento también se dice que el uso de suelo es compatible con el uso de suelo contemplado en el plan de desarrollo urbano municipal; sin embargo, el oficio 22402A000/1972-I/2007 de la Dirección General de Operación Urbana del Estado de México, fechado el 4 de octubre de 2007, indica que “el predio se ubica en una zona natural de bosque donde no se permite el uso para relleno sanitario”. Añade que, por considerarse zona no urbanizable, no procedía realizar un cambio de uso de suelo.

Sin embargo, la delegación estatal de la Semarnat autorizó el cambio de uso de suelo el 20 de diciembre de ese año, de acuerdo con el oficio DFMARNAT/2953/2006. Dicho documento señala que en agosto de 2006, la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México había emitido una opinión técnica favorable al proyecto de relleno sanitario y que había autorizado en materia de impacto ambiental la ejecución del proyecto, condicionándola a obtener el cambio de uso de suelo ante la Semarnat.

El abogado Alfonso García Castillo, del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, señala que la Semarnat pidió opinión técnica a la presidencia municipal de Jilotzingo y a la Secretaría del Medio Ambiente estatal, aun cuando sólo tiene facultad para solicitar opiniones técnicas de dependencias o entidades de la administración pública federal y no del fuero local. García Castillo cuestiona, además, que la consulta a autoridades estatales no haya solicitado opinión al Sapasa, la Comisión Nacional del Agua o el Organismo de Cuenca correspondiente, “de lo que se desprende un temor fundado de que la secretaría actuó tendenciosamente o soslayando negligentemente que el predio donde se proyecta establecer el relleno sanitario se encuentra dentro de las coordenadas del acuífero Pachuca-Cuautitlán”.

El abogado menciona que también se violó la Ley General de Protección al Ambiente, que en su artículo 35 dice que la Semarnat está obligada a negar un permiso si no se cumplen los requisitos que la norma establece. En este caso no se acató la NOM-083-SEMARNAT-2003, que regula la disposición final de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Dicha norma señala que un sitio de disposición final no debe ubicarse en zonas de recarga de acuíferos, lo que tampoco se cumple dada la ubicación del relleno sanitario en el acuífero Pachuca-Cuautitlán.

La norma ambiental también indica que la ubicación de un sitio de disposición final debe estar a una distancia de 13 kilómetros del centro de las pistas de un aeródromo o aeropuerto, y el relleno sanitario de Jilotzingo se encuentra a 6.84 kilómetros del aeropuerto de Atizapán de Zaragoza Doctor Jorge Jiménez Cantú. La norma estipula que en caso de que la distancia sea menor, ésta se deberá determinar mediante un estudio de riesgo aviario, que no es mencionado en ningún momento en el proyecto ejecutivo del relleno sanitario, de acuerdo con los argumentos del licenciado García Castillo.


Desechos peligrosos en el relleno

En una inspección realizada al relleno el 7 de mayo de 2008, las autoridades municipales encontraron residuos sanitarios, como jeringas usadas, gasas con sangre, soluciones químicas, pañales (infantiles y de adulto) con materia fecal, 3 mil 612 torundas manchadas con sangre, envases de jeringas, agujas hipodérmicas y guantes, empaques de jeringas mojadas con orina y agua, equipo de curación, dos equipos de venoclisis completos, conductos para catéteres, vendas con residuos de secreciones y soluciones, entre otros, de acuerdo con el dictamen del peritaje realizado por la perito químico forense Mireya Morlán Salinas.

En esos residuos, Morlán Salinas identificó la presencia de los microorganismos bacillus subtilis, enterobacter cloacae, staphylococcus aereus, pseudomona aeruginosa y escherichia coli. “Dichos microorganismos son patógenos, es decir, que causan enfermedades en otras especies biológicas, por lo cual sí pueden afectar la salud de los pobladores de San Luis Ayucan, así como de los habitantes de zonas aledañas, además de que existe el riesgo potencial de afectar el medio ambiente de esta localidad, así como en los municipios de los alrededores”, señala el dictamen. De acuerdo con el documento, los agentes patógenos que se encuentren en residuos sanitarios infecciosos pueden transmitir enfermedades infecciosas como cólera, difteria, meningitis, hepatitis viral, lepra, poliomielitis, rabia y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.

Los residuos biológicos, considerados peligrosos, no cumplían con las disposiciones normativas sobre cómo deben ser manejados, y dado que la empresa no contaba con la autorización correspondiente para el depósito de este tipo de residuos, el relleno fue clausurado temporalmente tanto por el municipio como por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).


“Todo es mentira”: López Barrera

El ingeniero López Barrera asegura que son mentira todos los señalamientos respecto del daño ecológico que pudiera ocasionar el relleno sanitario. En entrevista con Contralínea, el dueño de Confinam, SA de CV, señala que cumplió con todas las condicionantes de la norma correspondiente para obtener la autorización de la Semarnat, e incluso afirma que por seguridad colocó una geomembrana más gruesa de la requerida y que “todo está perfectamente sellado; no es posible que haya escurrimientos de ningún tipo”. López Barrera es enfático al decir: “Nadie, nadie ha demostrado que está mal hecho o que hay riesgos”.

Pero la fragilidad de la geomembrana fue evidenciada por la Profepa en julio de 2008. Tras una visita al relleno, inspectores de la dependencia informaron que la laguna de lixiviados estaba siendo desalojada para evitar que la geomembrana se desgarrara. Al momento de la inspección, la laguna estaba ocupada en 5 por ciento de su capacidad por aguas pluviales, de acuerdo con el comunicado CP 136-08 emitido por la Profepa.

Respecto de los residuos biológico-infecciosos que fueron encontrados, el dueño del relleno reconoce que sí los hubo, pero asegura que fueron sembrados por los opositores al proyecto. López Barrera señala también que desde que le fue retirada la licencia de funcionamiento, el municipio se ha cerciorado de que no ingresen residuos al relleno sanitario. Cuestionada al respecto, la presidenta municipal de Jilotzingo, Silvia Casas, niega que se lleve a cabo un proceso de verificación.

De acuerdo con el convenio de saneamiento y rehabilitación que hicieron Confinam, SA de CV, y el municipio de Jilotzingo el 18 de diciembre de 2008, la empresa tenía que retirar en dos meses todos los residuos del relleno a cambio de que el municipio le autorizara depositar material producto de la demolición. Pero hasta hoy, aproximadamente 800 toneladas de basura continúan enterradas en el lugar, reconoció López Barrera.


Oposición y resistencia ciudadana

El abogado Alfonso García Castillo refiere que los vecinos de Jilotzingo no fueron notificados adecuadamente de la propuesta de cambio de uso de suelo, dejándolos en “absoluto estado de indefensión frente a los actos de la autoridad”.

La oposición al relleno sanitario ha llevado a los lugareños a realizar manifestaciones y cierres de carretera. En septiembre del año pasado incluso presentaron una denuncia ante el Tribunal Latinoamericano del Agua. De acuerdo con el reporte de la audiencia pública del tribunal, el jurado consideró que era necesario “observar el principio precautorio” ante el riesgo potencial de contaminación del acuífero y de la presa Madín. Asimismo, señaló que la complejidad del marco jurídico ambiental mexicano impide una coordinación eficiente que garantice la aplicación efectiva de la normativa, lo que propicia la omisión de las obligaciones institucionales.

Tras cuatro años de lucha para evitar la operación del relleno sanitario, los habitantes de Jilotzingo están decepcionados de la actitud “de complicidad” con la que han respondido las autoridades de los distintos niveles de gobierno, que “violan hasta el sentido común, sin preocuparles en lo más mínimo la salud de miles de pobladores”, dice Rubén Mayén, presidente del Comisariado Ejidal de San Luis Ayucan.


Recursos legales a los que han recurrido los habitantes de Jilotzingo para que se clausure el relleno sanitario

Recurso

Instancia a la que se presentó

Estatus

Amparo 704/2007-IV

Juez Cuarto de Distrito en Naucalpan de Juárez

Promueven ciudadanos de Jilotzingo. Se sobresee por no acreditar el interés jurídico

Amparo 750/2007-I

Juzgado Tercero de Distrito

Promueven ejidatarios del poblado de San Luis Ayucan. Se sobresee por no tener legitimación para el primer amparo, argumentan que el Comisariado Ejidal debió interponer el amparo. Emiten la sentencia los juzgados de Jalapa, Veracruz. Se interpone recurso de revisión y se confirma la sentencia

Juicio administrativo 384/2007 y acumulado

Magistrado de la Segunda Sala Regional del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México

Contra el presidente y tesorero municipales, y la Secretaría del Medio Ambiente por los permisos y licencias expedidas para el relleno sanitario a favor de Confinam, SA de CV

Juicio administrativo 443/2008

Magistrado de la Segunda Sala Regional del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México

Solicitando la clausura definitiva por haber encontrado desechos toxicobiológicos

Averiguación previa 016/UEIDAPLE/17/2009

Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales

Se sabe que Confinam, SA de CV, compareció y manifestó que había recibido, sin darse cuenta, algunas bolsas de desechos hospitalarios, pero que ya había pagado la multa.

Hasta la fecha no se ha realizado la ampliación solicitada para que se excavara y tomaran muestras dentro del relleno. Las inspecciones realizadas por el personal adscrito al Ministerio Público, Marisol Vega Torres, nunca permitió que vecinos acudieran a la inspección a pesar de haberlo solicitado; sólo informó que ella había acudido al relleno sanitario y no se habían encontrado desechos tóxicos

Defensores del medio ambiente: amenazas, golpes, asesinatos

El 12 de marzo de 2008 fue asesinado Fernando Mayén Sánchez, quien hasta entonces fungió como representante legal de los ejidatarios que se oponen al relleno sanitario en Jilotzingo. Hasta la fecha, el homicidio sigue impune y no se ha prosperado en la investigación policiaca.

El 29 de septiembre de 2009, Jesús Sánchez de la Barquera fue baleado afuera de su casa. Sánchez de la Barquera es habitante de Jilotzingo, y junto con su esposa, Leticia Olvera, y otros ejidatarios y vecinos de San Luis Ayucan, ha luchado para que el relleno sanitario sea retirado, pues señalan que representa un peligro ambiental y de salud para los habitantes de la zona.

Los ataques de ambos fueron precedidos por amenazas de muerte e insultos.

Tras la agresión a Sánchez de la Barquera, la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos emitió un comunicado al gobernador mexiquense, Enrique Peña Nieto, en el que señala que lo ocurrido a Sánchez de la Barquera “es una muestra más de la violencia a la que son sujetos defensores y activistas a lo largo del territorio nacional, quienes de forma pacífica luchan por los derechos de la población”.

La organización Amnistía Internacional (AI) también emitió en octubre pasado una acción urgente por el ataque a Sánchez de la Barquera. AI menciona que en México los defensores de los derechos humanos se enfrentan a amenazas, ataques, cargos penales de motivación política y encarcelamiento, y que los activistas medioambientales corren aún más peligro, ya que a menudo no se les reconoce su trabajo y se convierten en objetivo de los ataques de intereses poderosos. (MS)