Dos menores violadas sexualmente en estación migratoria, por negligencia del INM: CNDH

Dos menores violadas sexualmente en estación migratoria, por negligencia del INM: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que el Instituto Nacional de Migración (INM) y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de San Luis Potosí (DIF-SLP) violaron los derechos humanos de seis migrantes confinados en una estación migratoria, de los cuales cuatro son menores de edad y, dos de ellos, víctimas de violación sexual durante su retención irregular en las instalaciones federales.

En el caso de los menores, advirtió que a pesar de que en diversos instrumentos jurídicos se prohíbe que sean alojados en esos recintos, los servidores públicos del INM no agotaron todos los medios para canalizarlos, inmediatamente a su ingreso, al DIF estatal correspondiente o a alguna otra institución pública o privada especializada que pudiera brindarles la atención que requerían, “sobre todo cuando la propia institución migratoria refirió no contar con las instalaciones adecuadas para alojar a un menor de edad”.

La CNDH acreditó que los menores fueron privados de su libertad del 14 de enero al 10 de marzo de 2016, es decir 56 días, en la Estación Migratoria de San Luis Potosí. De acuerdo con las víctimas, el 4 de marzo una niña de 11 años informó a la oficial de Protección a la Infancia del Instituto Nacional de Migración que ella y su hermana, de 17 años, fueron víctimas de violación sexual en las instalaciones de la institución y señalaron como responsable a su padrastro.

La CNDH documentó que, pese a la denuncia, las autoridades mexicanas no les brindaron atención médica ni jurídica, sino hasta el 9 de marzo de ese año, cuando fueron trasladadas al Hospital del Niño y se dio parte al Ministerio Público.

La Comisión también determinó que la Oficial de Protección omitió que una de las víctimas declaró durante la entrevista que le hicieron al ingresar a la institución migratoria que su padrastro era violento y la había agredido con anterioridad.

Asimismo, señaló que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA) de San Luis Potosí omitió denunciar los hechos delictivos de inmediato y no solicitó medidas de protección para las niñas y su madre, a pesar de que ésta informó que el padrastro amenazó con asesinarla si no retiraba la denuncia.

También hubo irregularidades en los procedimientos administrativos migratorios de los menores de edad, ya que el INM no reconoció su derecho a ser asistidos por personal de la PPNNA durante el proceso.

Aunado a lo anterior, la Comisión señala que en el caso del agresor, éste “fue puesto a disposición de la autoridad judicial por el delito de violación cometido en agravio de las dos niñas, sin resolverse su situación migratoria en tiempo y forma”.

Por esta razón, la CNDH recomendó a Francisco Garduño Yáñez, comisionado del INM, localizar a las cuatro personas menores de edad para que repare el daño de forma integral, es decir, que incluya indemnización, atención médica y psicológica, así como una inscripción al Registro Nacional de Víctimas. Además, debe capacitar a los oficiales de Protección del Instituto y sancionar a los responsables.

Aseneth Hernández

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