Inhabilitan a empresa por falsear información en contrato con Instituto Nacional de Cardiología

Inhabilitan a empresa por falsear información en contrato con Instituto Nacional de Cardiología

FOTO: PRESIDENCIA

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa económica de 171 mil 973 pesos, así como una inhabilitación temporal de tres meses a la empresa Galmar Proyectos Integrales S de RL de CV, por presentar documentación falsa durante un procedimiento de contratación convocado por el Instituto Nacional de Cardiología “Ignacio Chávez” para la “Capacitación en Operación Segura y Mantenimiento de Generadores de Vapor Pirotubulares”.

De acuerdo con la dependencia a cargo de Raquel Buenrostro, la sanción fue impuesta por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, luego de que la empresa proporcionó información falsa en una adjudicación directa, al entregar como válidos documentos relacionados con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social que supuestamente habían sido emitidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), respectivamente.

Como consecuencia de la resolución, la empresa Galmar Proyectos Integrales no podrá participar en procedimientos de contratación ni celebrar contratos con la Administración Pública Federal durante el periodo de inhabilitación. De igual manera, la compañía quedó inscrita en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, lo que impedirá su participación “por sí o mediante intermediarios” en nuevas contrataciones con el gobierno de México mientras permanezca vigente la sanción.

Ante este escenario, la Secretaría Anticorrupción informó que la notificación de la sanción se realizó el pasado 3 de julio de 2026, y su publicación aparece el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación. “Las medidas se emitieron conforme a la ley y considerando los criterios de proporcionalidad y gravedad de la falta. La persona moral tiene derecho a impugnar la resolución, y en caso de hacerlo, la Secretaría defenderá con firmeza la sanción, por haber sido impuesta con apego a derecho y en protección del interés público”, sostuvo la dependencia en un comunicado.

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