Avanza iniciativa para prohibir bebidas energéticas en menores de edad

Avanza iniciativa para prohibir bebidas energéticas en menores de edad

Los Diputados aprueban por unanimidad prohibir la venta de bebidas energéticas a menores de edad en México.

Por unanimidad, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud para prohibir la venta y suministro de bebidas energéticas a menores de edad.

Con 20 votos a favor, la propuesta de los diputados Ricardo Monreal Ávila y José Luis Fernández Martínez (PVEM) fue avalada con modificaciones planteadas por legisladores del PAN y PRI. El dictamen pasará a la Mesa Directiva de San Lázaro para continuar su trámite legislativo.

Monreal explicó que la reforma responde al incremento en el consumo de bebidas energéticas, en ocasiones combinadas con alcohol y otras sustancias. De igual manera, señaló que su ingesta provoca trastornos y daños en la salud, por lo que consideró necesario establecer medidas de prevención.

El legislador llamó a no ceder a la presión de grupos de interés vinculados con fabricantes y comercializadores. Asimismo, pidió a los diputados respaldar la prohibición y sostuvo que la iniciativa busca proteger a infancias y adolescencias.

De acuerdo con el dictamen, estas bebidas contienen altas concentraciones de cafeína, taurina, glucuronolactona, guaraná, ginseng y azúcares añadidos, ingredientes que producen un efecto estimulante en el sistema nervioso y cardiovascular. Estudios señalan que, a temprana edad, su consumo puede generar insomnio, ansiedad, nerviosismo y dificultades de concentración, lo cual afecta el aprendizaje y el desarrollo cognitivo.

“En esta etapa de la vida, el cerebro se encuentra en constante formación, y los trastornos del sueño o el estrés causado por estas sustancias pueden tener un impacto significativo en habilidades como la memoria, la toma de decisiones y la estabilidad emocional. Además, el uso frecuente de estas bebidas puede llevar a la dependencia psicológica, creando una percepción errónea de que son necesarias para rendir académica o socialmente”, se expone en la iniciativa.

La reforma adiciona la fracción II Bis al artículo 215, incorpora el artículo 216 Ter y modifica el 419 de la Ley General de Salud. Establece sanciones de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 226 mil 280 pesos, para quienes incumplan la prohibición.

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