CDHDF exige investigación exhaustiva por espionaje a defensores y periodistas

CDHDF exige investigación exhaustiva por espionaje a defensores y periodistas

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) exigió que se realice una investigación exhaustiva y transparente; luego de que fueron evidenciados actos de espionaje en contra de defensores de derechos humanos, periodistas y sus familias. Pide imponer sanciones a los responsables.

Lo anterior, después de que fue publicado el informe Gobierno espía, Vigilancia sistemática a periodistas y defensores de derechos humanos en México, por Artículo 19, R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales y SocialTIC, en el que se señala el uso de un programa diseñado para recopilar información confidencial del teléfono inteligente de diversos personajes. “El cual, de acuerdo con la empresa de origen Israelí, solo puede ser comercializado de forma exclusiva a los gobiernos con la condición de que solo sea utilizado para combatir a terroristas, grupos criminales y carteles de drogas”, expuso a través del Pronunciamiento 40/2017.

Las personas afectadas, fueron: Mario Patrón, Stephanie Brewer y Santiago Aguirre de la organización de derechos humanos Centro Miguel Agustín Pro Juárez, Carmen Aristegui, Rafael Cabrera y Sebastián Barragán del portal de noticias (Aristegui Noticias), así como Emilio Aristegui, hijo de la periodista Carmen Aristegui; el periodista Carlos Loret de Mola; Juan Pardinas y Alexandra Zapata del Instituto Mexicano por la Competitividad; y Daniel Lizárraga y Salvador Camarena de la organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad.

“Es preciso que la investigación de los hechos transparente si instancias gubernamentales han adquirido el programa, precisando con claridad la justificación para su compra; así como, el uso que se le pudiera haber dado en relación con las personas señaladas en el informe”, indicó el organismo.

La CDHDF expuso que en un Estado de Derecho, “las autoridades solamente pueden hacer aquello que la ley les permite y no deben causar actos de molestia a las personas sin que medie mandato escrito, fundado y motivado de autoridad competente”.

“Las actividades de intervención de comunicaciones solamente pueden ser autorizadas por la autoridad judicial, ante la existencia de elementos que respalden la petición. Por ello, es de vital importancia que se determine quiénes utilizaron el programa, los motivos de su uso y, en su caso, se les impongan las sanciones penales correspondientes”, manifestó el organismo que preside Perla Gómez Gallardo.

El espionaje contraviene al Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

También infringe la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, en la que se establece la legítima labor de defender y procurar la realización de los derechos humanos, así como la responsabilidad de los Estados para garantizarla y protegerla.

Esta situación, dijo la CDHDF, se enmarca en un contexto de crisis en materia de derechos humanos en México, en la que periodistas y defensores, han sido atacadas sistemáticamente. Por ello, condena “enérgicamente cualquier acto que intimide, inhiba y/o silencie la labor de defensoras, defensores y periodistas en México”.

Érika Ramírez

 

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