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Senado exhorta armonizar legislación para prohibir matrimonio infantil

Senado exhorta armonizar legislación para prohibir matrimonio infantil

Pese a los usos y costumbres de las comunidades originarias, los matrimonios infantiles quedan prohibidos, aprobó el Pleno del Senado

Este día, el Senado de la República exhortó a los congresos de las 32 entidades federativas a que armonicen su legislación con el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar que la edad mínima para contraer matrimonio sea a partir de los 18 años.

En México, recordaron los legisladores, son las niñas quienes en mayor medida contraen matrimonio antes de la mayoría de edad, como consecuencia de las presiones económicas, sociales, culturales y de género a las que se ven sometidas.

Muestra de ello son los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), que indican que “alrededor del 17.3 por ciento de las mujeres se casan cuando son menores de 18 años, mientras que en los hombres esta cifra sólo representa 3.9 por ciento”, explicaron.

Agregaron que, de acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por su sigla en inglés), “el matrimonio infantil viola los derechos humanos independientemente de si la persona involucrada es un niño, niña o adolescente, pues, es la forma más generalizada de abuso sexual y explotación infantil”.

Para las y los senadores es preocupante que en México prevalezcan este tipo de matrimonios que atentan contra los derechos fundamentales de menores de edad, y alteran su desarrollo emocional, físico y social en esa etapa de la vida.

En la sesión, los legisladores señalaron que es necesario contar con la armonización del sistema jurídico federal y local, en materia de prohibición de matrimonio infantil a fin de velar por el interés superior de la niñez y cumplir con las disposiciones generales y jerárquicamente superiores.

Por ello, pidieron a los congresos locales armonizar la legislación para prohibir el matrimonio infantil y garantizar el respeto y la protección de la dignidad e integridad física, psicológica, moral y espiritual de los menores.

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