La confusión entre propiedad jurídica y propiedad económica

La confusión entre propiedad jurídica y propiedad económica

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Cuando hablamos de propiedad, lo primero que viene a la mente es un título legal: quién aparece en la escritura, quién firma el contrato, de quién es el activo ante un juez. Pero eso es la propiedad en sentido jurídico. La economía parte de una pregunta distinta: ¿quién manda realmente sobre los procesos productivos?, ¿cómo se distribuye el excedente alcanzado?, ¿quién decide el plan de acción? Esa es la propiedad en sentido económico, y no siempre coincide con lo que dice el papel.

Una manera de comenzar a clarificar esto viene de la filósofa estadunidense Carol C. Gould, quien en su libro La ontología social de Marx: individuo y comunidad en la teoría social de Marx (1978) argumenta que la propiedad, en su sentido más fundamental, no es un título sino un derecho de control sobre las condiciones del trabajo colectivo. Quien controla las condiciones en las que otros producen es, en términos efectivos, el propietario real, aunque jurídicamente tenga otras expresiones particulares.

En el actual contexto de economía mixta, en la que partimos de la necesaria coexistencia entre el sector estatal, el privado y el social, la pregunta sobre la propiedad apunta a las condiciones generales en las que se combinan e interactúan estas tres grandes áreas estructurales. La opción neoliberal siempre fue el dominio del sector privado sobre el gobierno (corrupción sistémica) y el sector social (pauperización laboral). En contraste, el modelo económico actual parte del dominio del Estado sobre el sector empresarial, con el objetivo global de alcanzar la justicia social para el pueblo.

Desde esa perspectiva, el dominio económico se puede identificar con tres preguntas concretas. Primera: ¿quién decide qué se produce, cuánto y con qué orientación? Segunda: ¿quién se apropia del excedente que genera ese proceso? Tercera: ¿quién absorbe las pérdidas cuando las cosas salen mal? Cuando las tres respuestas apuntan al mismo agente, el dominio es claro. Cuando se disocian, estamos ante formas mixtas o híbridas donde es necesario profundizar en sus expresiones concretas.

Gould añade un matiz importante: que el Estado sea el titular tampoco garantiza que el dominio sea público en sentido real. Una empresa estatal manejada de forma burocrática, donde los trabajadores y la sociedad no tienen ningún control efectivo sobre las decisiones, simplemente cambia de manos el dominio sin democratizarlo. No es lo mismo propiedad pública que dominio económico público. Es decir, la propiedad bajo esta nueva conceptualización también es un territorio permanente de disputa entre oligarquía y democracia.

El caso mexicano del periodo neoliberal (1990–2018) ilustra esta escisión con una claridad casi didáctica. A través de los llamados esquemas de asociación público-privada (APP), el Estado mantuvo la titularidad formal de activos estratégicos mientras cedía el mando económico real a operadores privados. El mecanismo era siempre similar: el privado construía o gestionaba la infraestructura, cobraba una renta garantizada por el Estado durante 20 o 30 años mediante cláusulas de “pago por disponibilidad”, y trasladaba al erario el riesgo en caso de contingencia.

El ejemplo más concreto son los nueve Hospitales Regionales de Alta Especialidad, instalaciones que eran del sector salud federal en los papeles, pero en los hechos, empresas como Prodemex, GIA o Sacyr controlaban su operación, capturaban las rentas contratadas y tomaban las decisiones de mantenimiento e inversión bajo criterios de rentabilidad privada, no de necesidad sanitaria pública. El título decía “público”; el dominio económico, en lo que realmente importa, era privado. Lo mismo ocurrió con Pemex y la CFE, cuya cadena de valor fue fragmentada entre 1992 y 2013 para entregar los nodos más rentables del proceso a operadores privados, con lo que dejó al Estado los pasivos y el costo de la pérdida soberana energética.

El neoliberalismo no necesitó privatizar el título: le bastó con privatizar el dominio. La propiedad económica migró mientras la propiedad jurídica se quedaba, quieta y decorativa, en los registros del Estado.

A partir de 2018, y con mayor fuerza desde la reforma constitucional de octubre de 2024, México ha construido un modelo diferente. No se trata, en los casos más significativos, de eliminar la participación privada (esto es materialmente imposible en el corto plazo), sino de revertir quién ejerce el dominio económico. La recompra de los nueve hospitales para reintegrarlos al IMSS-Bienestar, el cambio de estatus de Pemex y CFE a “empresas públicas del Estado”, y el modelo eléctrico que reserva al sector público el 54 por ciento de la generación con el privado operando en el margen restante bajo reglas de preponderancia pública son expresiones de esta lógica.

La diferencia respecto al esquema anterior no se mide en el porcentaje de participación privada, que en algunos sectores puede ser parecido. Se mide en cuál de los dos sectores controla las tres dimensiones del dominio: quién fija la orientación de la inversión a largo plazo, quién retiene el excedente estratégico y quién carga el riesgo sistémico. En el modelo de preponderancia pública, el Estado recupera esos atributos y el capital privado opera dentro de los márgenes que la planificación pública define. En el modelo de las APP neoliberales, la relación era exactamente a la inversa.

En el periodo anterior al neoliberalismo, durante el desarrollo estabilizador ya era moneda común comprender la importancia de la repartición del control accionario de las empresas. La vieja ley de inversiones extranjeras de 1973 establecía mantener el 51/49 por ciento del proceso en manos de México como regla general. Es, para variar, con Salinas de Gortari –el padre de la pobreza moderna– cuando en 1993 se abre el control irrestricto a los privados hasta con el 100 por ciento.

Un análisis que confunde el título jurídico con el dominio económico real no puede diagnosticar correctamente lo que está cambiando ni lo que permanece igual. Y esa confusión, con frecuencia, no es neutra: sirve para presentar como transformaciones estructurales lo que son cambios de fachada, o para denunciar como “estatización”, o incluso “reprivatización” lo que en realidad es la recuperación del mando público sobre procesos que nunca debieron perderlo.

 

Oscar David Rojas Silva*

*Economista (UdeG); maestro y doctor (UNAM) en crítica de la economía política. Académico de la FES Acatlán. Director del Centro de Estudios del Capitalismo Contemporáneo, y comunicador especializado en pensamiento crítico en Radio del Azufre y Academia del Azufre.

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