Infancias y juventudes, sin el reconocimiento de sus derechos humanos

Infancias y juventudes, sin el reconocimiento de sus derechos humanos

Carlos A Ventura Callejas / Clara G Meyra*
México es un país de niñas, niños y jóvenes: el 50 por ciento del total de la población tiene menos de 26 años. De este porcentaje, poco más de 39 millones son menores de 18. Asimismo, del total nacional, el 32.2 por ciento tiene entre 12 y 29 años de edad. En las últimas semanas el Congreso de la Unión ha impulsando leyes que tienen que ver con el desarrollo de la vida y el sistema de justicia para estos sectores de población. Estas leyes son: La Federal de Justicia para Adolescentes y la General de Protección a los Derechos de la Niñez.
La infancia, adolescencia y juventud van más allá de las edades, tienen que ver con procesos de la vida humana fundamentales en su desarrollo.
Desde la defensa de los derechos humanos de las infancias y las juventudes trabajamos para que la nombrada “adolescencia” se traduzca más allá de una etapa física y hormonal. La propia palabra puede considerarse peyorativa, sin embargo, es parte del lenguaje y es importante reivindicar que las personas entre los 12 y 18 años de edad en México legalmente se encuentran reconocidas en leyes que tienen que ver con niñas y niños, así como con jóvenes. Frente a lo anterior, cabe señalar que las y los legisladores con sus iniciativas y votos afectan o favorecen a casi la mitad de la población en México.
Cualquier Estado que pretenda respetar, promover, cumplir y garantizar los derechos humanos debe romper con visiones tutelares, de criminalización y estigmatización hacia estos grupos de la población.
Desde los inicios del actual sexenio se impulsó la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, la cual se aprobó apenas en abril de 2012. Establece un nuevo sistema de prohibiciones, sanciones y prisión para jóvenes que cometan delitos federales y de gravedad (incluidos ataques a las vías de comunicación, terrorismo y delincuencia organizada). Lo cierto es que las últimas tendencias al legislar son que la gran mayoría de los delitos sean considerados como graves, por ejemplo las últimas reformas al Código Federal de Procedimientos Penales.
La Ley Federal de Justicia para Adolescentes sustituirá el sistema de consejos tutelares para menores e impondrá que la edad para que se les acuse de un delito sea desde los 14 a los 18 años de edad; y se contempla a las personas hasta los 24 años, como adultos jóvenes. Cabe mencionar que esta asignación no ha sido discutida socialmente para poderla asumir. El diputado Humberto Benítez Treviño, presidente de la Comisión de Justicia, argumentó a favor de que la prisión preventiva se decretara en situaciones excepcionales y en delitos federales. Esta Ley dice de manera textual: “La finalidad de estas medidas es limitar la libertad de tránsito de adolescentes o adultos jóvenes, de modo que se faciliten procesos de reflexión sobre su responsabilidad individual y social en torno a las consecuencias de las conductas cometidas. Durante los periodos de privación de libertad se deben realizar actividades grupales dirigidas por personal técnico capacitado para estos fines”.
Cabe señalar que esa ley genera las siguientes figuras desde la administración de justicia: magistrados de Circuito Especializado en Adolescentes, 10 millones 892 mil 853 pesos; Juzgado de Distrito Especializado en Adolescentes, 10 millones 401 mil 617 pesos; defensor público especializado en adolescentes, 1 millón 832 mil 80 pesos. Sin embargo, es importante decir que estas figuras deberían tener muy claras sus funciones judiciales, así como los procesos cuya responsabilidad será fundamental en materia de derechos humanos de las infancias y juventudes. Por lo tanto, se trata de asegurar mecanismos de tratamiento integral, como lo declara la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de su informe de Justicia juvenil y derechos humanos en las Américas 2011, en el cual se ha dejado claro que el derecho a la vida para niñas, niños y jóvenes, así como el derecho a la integridad personal no sólo implican que el Estado debe respetarlos (obligación negativa), sino que, además, requiere que adopte todas las medidas apropiadas para garantizarlos (obligación positiva) en cumplimiento de su deber general establecido en el artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Desde nuestra visión como defensores de los derechos humanos de las poblaciones más vulnerables del país (esto involucra a infancias y juventudes), es importante evitar en todo momento la visión adultocéntrica, la cual discrimina a infancias y juventudes por su edad; esta visión les señala como carentes de opinión, incapaces de participar en el espacio público. Esta forma de concebirlos ha implicado que no se les respete como sujetos de derechos, lo cual ha funcionado como constante en las leyes, políticas públicas y programas dirigidos a estos grupos de población.
Actualmente en el Congreso de la Unión se debate la Ley General para la Protección Integral de los Derechos de la Niñez. Y acaba de aprobar la Ley de Justicia para Adolescentes donde perduran las visiones asistenciales, estigmatizantes hacia niñas, niños y jóvenes. En consecuencia, no se les reconoce como sujetos plenos de derechos; por el contrario, se les culpabiliza junto con sus familias sin fijar las responsabilidades que al Estado le corresponden. El Congreso incumple con las recientes reformas a los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se obliga al Estado a velar por el interés superior de la niñez, y se faculta al Congreso mexicano para legislar en la materia respetando los instrumentos internacionales de protección a la infancia de los que México es parte.
En dicha Ley no se tiene claridad respecto a las atribuciones, competencias y el orden de responsabilidades que las instituciones de gobierno tendrán en la atención a la niñez, lo que suscita una percepción quebrada, y no criterios básicos y directrices transversales para la generación de políticas públicas adecuadas a las necesidades de las y los niños.
Cada uno de los derechos enunciados en la ley debe ir acompañado no sólo de su definición si no también de los mecanismos de garantía, tarea de las entidades de gobierno. Esto no se encuentra explícito en la Ley, la cual carece de los elementos que permitirían la justiciabilidad y la exigibilidad de esos derechos.
En virtud del trabajo que han venido realizando organizaciones de la sociedad civil y articulaciones como la Red por los Derechos de la Infancia (REDIM), académicas y académicos, y demás personas especializadas en el tema es importante que las y los legisladores tomen en cuenta los aportes y análisis que estas personas han hecho a la Ley. La información recogida puede repercutir de manera importante en el diseño y reestructuración de este proyecto de dictamen que pretende garantizar los derechos de toda la niñez en México, evitando en todo momento la tradicional opacidad con que se originan las leyes en el Congreso.
Las leyes en mención son instrumentos que por obligación del Estado deben servir a las infancias y las juventudes, al mismo tiempo al desarrollo de todas las generaciones. No se buscan letras infructíferas que no generen verdaderas oportunidades para su bienestar; en constantes ocasiones se ven violentados los derechos de estas personas debido a la falta de herramientas para exigirlos y hacerlos justiciables, aunado a esto, el clima de violencia que cada vez se acrecienta en el país no favorece en nada el bienestar de la infancia. Es inadmisible que las y los legisladores hagan leyes sin mirar la situación real de las poblaciones más golpeadas por las propias políticas que han venido impulsando en México, y más grave es que no tomen en cuenta la participación de las personas, organizaciones y especialistas, quienes tienen interés y experiencia hacia dichas leyes.
Por tanto, antes que celebrar el Día del Niño desde las aspiraciones políticas personalizadas o de los elogios que duran unas cuanta horas, contemplamos que no hay mejor manera de reconocer a esta población que haciendo valer sus derechos plenamente, desde el cumplimiento de las obligaciones de todos los órdenes de gobierno, para que niñas, niños y jóvenes puedan vivir dignamente.
*Colaboradores del área de Educación, Promoción y Difusión del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria

FUENTE: Revista Contralínea 281 /
22 de abril de 2012
Contralínea 281

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