Medidas coercitivas unilaterales, ilegales e ilegítimas

Medidas coercitivas unilaterales, ilegales e ilegítimas

Roma, Italia. El empleo de medidas coercitivas unilaterales para someter al adversario en situaciones de conflicto es una táctica antiquísima, superada por la legislación internacional al considerarlas contrarias a los derechos de las personas, la paz y convivencia entre las naciones.

Estudios, debates, informes y resoluciones realizados de manera independiente y en el marco de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) demostraron la ilegitimidad e ilegalidad de tales acciones, primarias o secundarias, impuestas mediante diferentes modalidades al margen del Consejo de Seguridad del organismo mundial.

Sin embargo, esas medidas son cada vez más utilizadas por los gobiernos de Estados Unidos y sus aliados como arma de guerra no convencional para tratar de forzar cambios en las políticas de otros Estados, incluyendo en algunos casos, la denominada estrategia de cambio de régimen.

Medidas coercitivas unilaterales contra Cuba, Irán y Venezuela

La actual administración estadunidense del presidente Donald Trump, lidera la aplicación de esas disposiciones, a través de las llamadas sanciones económicas y de otro tipo, a una veintena de países entre los cuales se destacan Cuba, Irán y Venezuela.

El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por sucesivas administraciones estadunidenses contra Cuba desde hace casi 6 décadas es la medida genocida más prolongada impuesta jamás a nación alguna, con severas consecuencias para el pueblo y la economía de la isla.

El objetivo declarado de esa política de aislamiento es rendir por hambre y enfermedades al pueblo cubano, para impedir el desarrollo de su proyecto emancipador.

Condenado cada año por la comunidad internacional en la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la única oposición de Estados Unidos e Israel, el bloqueo constituye el principal obstáculo para el desarrollo de la nación caribeña, con daños ascendentes a 933 mil 678 millones de dólares hasta 2018. Para arribar a esa cifra estimada a partir de cálculos conservadores, las autoridades cubanas tuvieron en cuenta la depreciación del dólar respecto al precio del oro en el mercado internacional.

El actual gobierno encabezado por el presidente Donald Trump, revirtió los avances logrados en el proceso de normalización de las relaciones bilaterales bajo la administración anterior y emprendió nuevas acciones para recrudecer el bloqueo, como la activación del título III de la Ley Helms Burton.

Un objetivo similar persigue Washington con su retirada del acuerdo internacional sobre el programa nuclear iraní y el restablecimiento y recrudecimiento de las medidas coercitivas unilaterales contra la nación persa, caracterizadas igualmente por la extraterritorialidad y la violación de los derechos humanos básicos de su pueblo.

Otro caso que concita la atención internacional son las medidas aplicadas por Estados Unidos desde 2014 contra el gobierno constitucional del presidente Nicolás Maduro, 150 de ellas impuestas en los últimos 3 años, según reconoció el Departamento de Estado.

Washington emplea contra Venezuela un variado repertorio de armas en una guerra no convencional en los ámbitos político, diplomático y económico, con el objetivo final de lograr un cambio de régimen y apoderarse de los vastos recursos naturales de ese país, como las inmensas reservas de petróleo, gas natural y oro.

A las medidas de bloqueo económico, comercial y financiero, en el caso de Venezuela se agrega el secuestro arbitrario de propiedades y otros bienes, junto al reconocimiento de un autoproclamado presidente interino, con la complicidad de la Unión Europea y varios gobiernos latinoamericanos.

De acuerdo con los resultados de un estudio realizado por los economistas estadunidenses Mark Weisbrot y Jeffrey Sachs, publicados en abril último, las sanciones contra Venezuela redujeron la ingesta calórica de la población, al tiempo que aumentaron las enfermedades y la mortalidad, en adultos y niños.

La investigación concluyó que las medidas coercitivas unilaterales provocaron alrededor de 40 mil muertes entre 2017 y 2018 y encajan en la definición de castigo colectivo de la población civil, tal como describen las convenciones internacionales de Ginebra y La Haya, de las cuales Estados Unidos es parte.

En esos casos se centró un seminario organizado por las Misiones Permanentes de Cuba, Irán y Venezuela en Viena, con participación de expertos de alto nivel, el canciller venezolano, Jorge Arreaza, y el Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de la Naciones Unidas (ONU) sobre el Impacto Negativo de las Medidas Coercitivas Unilaterales, Idriss Jazairy.

Al aumento sin precedentes de esas medidas se refirió Jazairy, quien calificó de “asombroso” el incremento de “sanciones unilaterales para librar una guerra económica en los países”.

“Vemos titulares en diarios que describen nuevas sanciones unilaterales dirigidas contra uno u otro país”, dijo el funcionario quien precisó que en ocasiones están camufladas con el lenguaje de defensa de los derechos humanos, aunque siempre tienen un efecto contrario.

Medidas criminales

Uno de los aspectos más discutidos sobre las medidas coercitivas unilaterales y su creciente aplicación es la ausencia de herramientas jurídicas internacionales que las condenen, a lo cual se refirió Alfred de Zayas, quien afirmó que bajo ninguna circunstancia puede se puede esgrimir la Carta de la ONU para aplicarlas.

En tal sentido, apuntó que se crea un problema “cuando numerosos estados poderosos deciden quebrantar el derecho internacional y hacerlo con impunidad”, con el argumento ficticio de que existe una nueva “práctica estatal”, como si la violación de las normas internacionales pudiera modificar el marco legal existente.

Este es un enfoque, dijo, que ignora principios legales generales como el ex injuria non oritur jus, a partir del cual es inaceptable usar injurias como fuente de derecho y calificó de “falacia” permitir la violación de una norma y exigir que por esa transgresión, esa norma deje de existir.

De Zayas precisó que la situación a la cual se arriba entonces es que “se ha producido un quebrantamiento del derecho internacional que por ahora no puede ser juzgado por la ausencia de un mecanismo efectivo de ejecución”.

Recordó, asimismo, partes del informe de su misión a Venezuela y Ecuador en 2017 como experto independiente, en el cual subrayó los principios sobre los cuales descansa la Carta de la ONU como el multilateralismo, la cooperación internacional y la igualdad soberana de los Estados.

El profesor de Derecho aclaró, sin embargo, que aunque no todas las sanciones pueden ser consideradas ilegales, como los embargos de armas en casos justificados, las que afectan a gente inocente sí contravienen el espíritu y la letra de la Carta de la ONU.

El papel de los medios

A su turno, el profesor Ignacio Ramonet llamó la atención sobre cómo Estados Unidos desarrolla “una verdadera y brutal ofensiva, con un gran desprecio por el derecho internacional, para imponer sus propias reglas, desde Washington, a la casi totalidad de los intercambios comerciales y financieros a través del planeta”.

Tras calificar de indignante el carácter extraterritorial de las medidas coercitivas unilaterales, Ramonet se refirió a cómo los medios masivos dominantes en Estados Unidos resultan “cómplices, con el pretexto de que las sanciones son una herramienta no violenta para presionar a gobiernos específicos y forzar algún tipo de cambio democrático”.

La manipulación de las transnacionales de la información contribuye a demonizar a los países agredidos, de lo cual se deriva la importancia y el papel de los medios alternativos y las redes sociales en contra de este discurso hegemónico, puntualizó el reconocido experto en temas de comunicación.

En Estados Unidos, precisó, las noticias rara vez mencionan el impacto mortal de las medidas en la gente común, se limitan a culpar de las crisis económicas resultantes únicamente a los gobiernos que son objeto de los ataques estadunidenses y concluyó su intervención con tres interrogantes.

¿Hasta cuándo el mundo va a tolerar que un Estado se coloque por encima de todos los demás y use sus medidas coercitivas unilaterales como el arma caprichosa de una política imperial burlándose descaradamente del derecho internacional?

¿Por qué la Unión Europea no califica esas medidas coercitivas unilaterales como acto de genocidio, a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948? Y, ¿qué esperan las Naciones Unidas para avanzar en la criminalización de estas medidas coercitivas unilaterales e insistir en su radical ilegalidad?

En el comunicado conjunto leído por el embajador iraní, Kazem Gharib Abadi, los países organizadores de la cita destacaron el liderazgo de Estados Unidos en ese “comportamiento ilegal”, y lo acusaron de usar las medidas coercitivas unilaterales como un instrumento para impactar o forzar un cambio en la política de otro Estado.

En tal sentido, el texto resaltó que desde 1984 Estados Unidos impuso más de 27 diferentes regímenes de sanciones sobre varios países y sólo entre 2009 y 2015 penalizó a diferentes bancos con 13 mil millones de dólares en siete naciones.

Frank González/Prensa Latina

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