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Sistema financiero detectó 19 operaciones ligadas al tráfico de órganos

Sistema financiero detectó 19 operaciones ligadas al tráfico de órganos

Sistema financiero detectó 19 operaciones ligadas al tráfico de órganos

El sistema bancario y las instituciones consideradas vulnerables al lavado de dinero reportaron a la UIF 1 mil 83 operaciones económicas y financieras relacionadas con el delito de trata de personas, entre agosto de 2017 y julio de 2021. De éstas, 530 se tipificaron como trata y 482 correspondieron a explotación sexual. Además, se reportaron 19 que estuvieron vinculadas al tráfico de órganos, aunque México no reconoce tener este problema

En 4 años, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) recibió 1 mil 83 reportes de presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita vinculados a la trata de personas como delito precedente. Éstos fueron generados tanto por el sistema bancario mexicano como por las instituciones consideradas vulnerables al lavado de dinero. Diecinueve de esos reportes estuvieron relacionados con casos de posible tráfico de órganos.

De acuerdo con la UIF ­–dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público–, 74 de los 1 mil 83 reportes se registraron entre agosto y diciembre de 2017; 218, en 2018; 401, en 2019; 185, en 2020; y 205, entre enero y julio de 2021.

Del total de operaciones financieras y económicas relacionadas con los diversos delitos tipificados en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, el 48.9 por ciento –es decir, 530– se concentró en trata de personas. A este ilícito le siguió explotación sexual, con 482 operaciones que representaron el 44.5 por ciento.

El restante 6.6 por ciento correspondió a los delitos precedentes de: explotación laboral, con 28 operaciones detectadas; corrupción de menores, con 21; tráfico de órganos, con 19; adopción ilegal, dos; esclavitud, una.

De los datos de la UIF destacan dos temas: el primero es que el delito de corrupción de menores no se encuentra catalogado en la Ley General pero la Unidad sí lo toma en cuenta a la hora de identificar operaciones vinculadas con la trata de personas; y el segundo, que por primera vez se reconoce oficialmente un probable lavado de dinero en los circuitos financieros vinculado al tráfico de órganos.

De acuerdo con el Observatorio Nacional para la Prevención del Reclutamiento de Niñas, Niños y Adolescentes –de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana–, “el tráfico de órganos es una de las actividades criminales más lucrativas, que consiste en la extracción, venta y compra ilícita de órganos, tejidos y componentes de personas vivas o cadáveres”.

Hasta la fecha, México no reconoce tener este problema. Tan sólo el 12 de julio de 2022, cuando la Secretaría de Salud federal anunció que a finales de este mes lanzará la “campaña informativa de prevención de tráfico de órganos, tejidos y turismo de trasplantes”, se aseguró que en el país no hay registro de su comisión.

“El turismo del trasplante y el tráfico de órganos y comercio es un tema global. En México, hasta el día de hoy, no se tiene un registro ni en las fiscalías [de justicia], ni en la Cofepris [Comisión Federal para los Riesgos Sanitarios], ni en Cenatra [Centro Nacional de Trasplantes] de un acto de esta naturaleza. Por eso nos interesa mucho hacerlo del conocimiento de la ciudadanía porque en el momento en el que se denuncie y se compruebe que pudiese existir alguna situación de esta naturaleza debe ser atendida y debe de ser sancionada”, indicó el doctor Salvador Aburto, director del Cenatra.

Agregó que la Secretaría de Salud lanzará dicha campaña con el objetivo de sensibilizar a los profesionales de la salud, así como dar a conocer al público en general los riesgos que implican estos crímenes y fomentar la cultura de la denuncia, para poder sancionar los casos cuando se presenten.

FOTO: 123RF

Denuncias ante el INM

Además de la Unidad de Inteligencia Financiera, otra autoridad que ha reconocido tener conocimiento del delito de tráfico de órganos en territorio mexicano es el Instituto Nacional de Migración. El 12 de octubre de 2021, la institución dependiente de la Secretaría de Gobernación expuso que atendió 431 requerimientos de información y documentación –entre enero y agosto del año pasado– relacionados con los delitos de trata de menores de edad, trata de personas, tráfico de órganos y delincuencia organizada.

Al respecto, detalló que se integraron carpetas de investigación y se aportó información a casos que ya habían sido consignados ante el Poder Judicial. El INM aseguró que, como parte de la colaboración interinstitucional, en ese periodo había atendido 130 requerimientos de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas; 147 de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada; y 154 de la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Personas y Órganos, sin especificar cuántos de ellos eran por tráfico de órganos.

En marzo pasado, el diputado morenista Antolín Guerrero Márquez presentó una iniciativa para reformar el artículo 30 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, relativo al tráfico de órganos.

La exposición de motivos apunta que, en Estados Unidos, se calcula que del total de trasplantes de órganos al menos 10 por ciento se realiza de forma ilegal. Esta cifra –indica con base en investigaciones de la criminóloga española Alicia Verdú– podría ser mucho mayor en América Latina, “por sus niveles de corrupción, pobreza y debilidad del sistema judicial”.

Además, en la iniciativa se advierte el riñón es el órgano que más se trafica en el mundo (lo que podría representar hasta un 75 por ciento del mercado ilegal).

El 12 de julio pasado, la subdirectora de Normas y Asuntos Jurídicos del Cenatra, Érika Jiménez Rey, explicó que hay disposición ilícita de órganos y tejidos cuando el profesional de la salud trasplanta un órgano o tejido a sabiendas de que el receptor o donador es extranjero y no se siguió el procedimiento establecido para tal efecto; así como cuando el receptor del trasplante consiente la realización del procedimiento médico conociendo su origen ilícito.

FOTO: 123RF

Trasplantes y tráfico

Para evitar riesgos de corrupción en la donación de órganos, el Cenatra indicó que en México se deben seguir los principios de confidencialidad, ausencia de lucro, altruismo, gratuidad y factibilidad, así como políticas de trasparencia, equidad y eficiencia. Para ello, la asignación de órganos y tejidos a personas que los requieren se debe hacer con base en los criterios establecidos en el artículo 336 de la Ley General de Salud: la gravedad de la salud del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad, los criterios médicos aceptados y la ubicación hospitalaria e institucional del donador.

No obstante, en 2019 la Auditoría Superior de la Federación observó que no existe una norma oficial mexicana vigente para la donación, trasplante y asignación de órganos, tejidos y células de seres humanos, así como para regular la operación de los establecimientos en que se realizan los actos relativos, ya que la NOM-EM-003-SSA-1994 perdió su vigencia en 1995.

En su auditoría de desempeño 189-DS –de la Cuenta Pública 2018–, la ASF señaló que el país no contaba “con un ordenamiento legal que establezca las reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables en materia de donación, trasplante y asignación de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres humanos, que sea de observancia obligatoria para todos los establecimientos de salud que realizan este tipo de intervenciones, a fin de proporcionar servicios médicos con calidad”.

Asimismo, “constató que la política pública de donación y trasplante de órganos, tejidos y células no consideró el establecimiento de criterios clínicos y normas éticas para la asignación de órganos, tejidos y células; la aplicación de procedimientos de alta calidad, seguros y eficaces, tanto a los donantes como a los receptores; el desarrollo y la implementación de programas para la prevención y el tratamiento del fallo orgánico, adecuados desde el punto de vista ético y clínico, con el fin de atender las necesidades sanitarias generales de la población; la supervisión de las prácticas de donación, asignación y trasplante de órganos para garantizar la estandarización, trazabilidad, transparencia, calidad, seguridad, ecuanimidad y la confianza pública”.

Tampoco consideró “los mecanismos para alcanzar la autosuficiencia en la donación y el trasplante, ni cómo los profesionales de la salud y las instituciones sanitarias asistirán en la prevención y lucha contra el tráfico de órganos, la trata de personas con fines de extracción de órganos y el turismo de trasplante, en congruencia con los Principios Rectores de la Resolución WHA63.22 sobre el Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos, emitidos en mayo de 2010 por la Organización Mundial de la Salud, y con la Declaración de Estambul sobre el Tráfico de Órganos y el Turismo de Trasplante, edición 2018, emitida por la Sociedad de Trasplantes y por la Sociedad Internacional de Nefrología”.

De acuerdo con el Cenatra, esa institución se coordina con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los consejos, centros estatales de trasplantes y coordinaciones institucionales para impulsar los procesos de donación y trasplantes en apego a la ley, y con equidad, transparencia y seguridad de los procesos. Además, hacen cumplir la normatividad en cuanto a vigilancia y control sanitario.

Respecto de los hospitales que hacen procuración y trasplante de órganos y tejidos, el Cenatra apunta deben contar con la licencia sanitaria que expide la Cofepris. Esta Comisión debe verificar que el establecimiento cuente con infraestructura, equipamiento, profesionales capacitados y la integración de los comités de donación y trasplantes. Mientras que los hospitales con licencia que incumplen la normativa reciben una visita de verificación y se les imponen sanciones acordes con el tipo de falta.

FOTO: 123RF

El mapa de las operaciones vinculadas con la trata

 

Los 1 mil 83 reportes de presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita vinculados a la trata de personas –que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) recibió entre agosto de 2017 y julio de 2021– se concentraron en 10 entidades federativas.

 

De acuerdo con el Diagnóstico sobre la situación de la trata de personas en México 2021. Procuración e impartición de justicia, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la UIF informó que 338 correspondieron a la Ciudad de México; 106 a Tamaulipas; 60 a Quintana Roo; 58 a Puebla; 55 a Baja California; 52 al Estado de México; 52 a Chiapas; 48 a Jalisco; 36 a Nuevo León; 28 a Michoacán; mientras que las 250 restantes corresponden a otras entidades.

 

“Respecto al desglose por municipios del reporte, se informa que 338 corresponden a la Ciudad de México; 83, Miguel Alemán, Tamaulipas; 4,2 Benito Juárez, Quintana Roo; 39, Tijuana, Baja California; 30, Puebla, Puebla; 27, Guadalajara, Jalisco; 23, Tapachula, Chiapas; 20, Mérida, Yucatán; 16, Monterrey, Nuevo León; 13, Morelia, Michoacán; 452, corresponden a otros municipios”, detalla el Diagnóstico.

 

Entre enero de 2018 y julio de 2021, la Unidad de Inteligencia Financiera presentó 13 denuncias ante las autoridades ministeriales derivadas del análisis de información de los 1 mil 83 reportes: tres en 2018; tres en 2019; tres en 2020; y cuatro en 2021.

 

Entre los casos denunciados están los de trata por explotación sexual por internet Zona Divas; en el establecimiento Solid Gold; comercio de niñas de 12 y 14 años en Puebla y Tlaxcala; caso Kamel Nacif; y red de trata vinculada a la secta La Luz del Mundo.

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