Cuatro de cada cinco casos de discriminación que se denuncian ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) están relcionados con la orientación sexual.
Al analizar 1 mil 75 denuncias presentadas entre 2011 y 2017, el Conapred observó que esa es la causa principal de vulneración de derechos humanos, como el relacionado al trato digno (69 por ciento de los casos), al trabajo (29 por ciento) y a una vida libre de violencia (21 por ciento).
Aunque en México las leyes que condenen la discriminación, se continúan encontrando barreras motivadas por prejuicios sociales u omisiones en personas de la comunidad LGBTI en diversos aspectos, por ejemplo, en cuestiones de salud, donde actualmente las parejas necesitan utilizar amparos para poder afiliarse, a pesar de haber una resolución (01/05) donde se obliga al IMSS e ISSSTE a afiliar a los cónyuges de los beneficiarios.
Ante esto únicamente el ISSSTE modificó sus políticas desde 2014. Sin embargo, el IMSS no ha modificado sus normas para acatar dicha resolución, incluso, excluye de sus normas a las parejas al publicar que “la Ley del Seguro Social, los servicios del Instituto se pueden extender ‘a la esposa del asegurado, o al esposo de la asegurada’”.
En los 32 estados de la republica existen leyes antidiscriminatorias para esta comunidad, a pesar de eso, 42 por ciento de las mujeres trans, 38 por ciento de los hombres trans y 39 por ciento de las mujeres lesbianas expresan haber sido discriminadas y discriminados en el espacio público.
Ante esta situación la institución reconoce que se deben adoptar medidas contra el bullying homofóbico, bifòbico, transfóbico, interfóbico y lesbofóbico, asì como garantizar el acceso de las personas LGBTI a servicios especializados y específicos a sus necesidades, sin discriminación alguna.
Diana Aguila