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Televisa litiga en la Corte permiso para que clientes fumen en sus casinos

Televisa litiga en la Corte permiso para que clientes fumen en sus casinos

Televisa

Grupo Televisa litiga en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la Ley General para el Control del Tabaco, con el objetivo de que las ministras y ministros que integran la Segunda Sala amparen a la que hasta el pasado mes de febrero era su filial de juegos y sorteos –Play City–, y que ahora pasó a manos de una controladora con la que el empresario Emilio Azcárraga Jean cotiza en la Bolsa Mexicana de Valores. Ello, para que los clientes de sus casinos puedan fumar en locales cerrados.

El proyecto fue presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama para negar el amparo a la empresa Apuestas Internacionales, SA de CV, propietario de la marca Play City.

La empresa de casinos pretende obtener la protección de la justicia federal en contra del artículo 27 de dicha ley, que la obliga a ubicar las zonas para fumadores únicamente en áreas al aire libre. En su juicio de amparo, Apuestas Internacionales alegaba que dicha norma violaba su libertad de comercio, incurría en discriminación y lesionaba el principio de seguridad jurídica.

No obstante, el proyecto de la ministra Batres que discutirán en la sesión de este miércoles 13 de marzo señala que el derecho a la salud es superior a la libertad de comercio y que la ley impugnada, al establecer zonas específicas para fumar, no incurre en discriminación.

“En efecto, la disposición normativa de establecer las reglas de distribución de las zonas exclusivas para fumar en los establecimientos de acceso al público constituyen medidas regulatorias que no inciden en la articulación o delimitación de zonas a partir de orígenes étnicos o nacionales, géneros, edades, discapacidades, condiciones sociales, condiciones de salud, religiones, opiniones, preferencias sexuales, estados civiles o algunas otras que atenten contra la dignidad humana o que tengan por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, por lo que no se advierten razones que obliguen a la procedencia de un examen especialmente intenso del contenido del artículo impugnado”, señala el proyecto.

Para ser aprobado este proyecto se requiere del voto de tres de los cinco integrantes de la Segunda Sala de la SCJN. Si se logra una mayoría calificada de cuatro votos, el fallo fijará un precedente que hará obligatorio que juicios similares tengan que resolverse en el mismo sentido.