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Constitución Mexicana, estructura de poder arcaica

Constitución Mexicana, estructura de poder arcaica

 

⇒ Parte II: Constitución Mexicana, estructura de poder arcaica

El constitucionalista Miguel Covián opina que la Constitución es viable en su proyecto de Estado; no obstante, habría que modificar las estructuras de gobierno: “se necesitan cambiar las instituciones y crear nuevas para beneficio de la población”

 

 

Miguel Covián Andrade, experto en control de la constitucionalidad, explica que las 552 reformas a la Constitución obedecen a que ésta es muy vieja. Además, de que en nuestro país se ha tratado de regular en forma extensa determinadas materias que se podrían establecer en leyes reglamentarias u orgánicas, y al tratar de cambiar dichas materias se está reformando la Constitución.
 
Ejemplifica con el Artículo 41, referente a la materia electoral: “en su versión original tenía unos cuantos párrafos y ahora se ha sobrecargado con una serie de elementos normativos propios de las elecciones. Ahora dicho Artículo se divide en apartados, los cuales tienen a su vez varios párrafos y fracciones”.
 
También señala que México cuenta con un procedimiento deficiente para cambiar la Constitución, asentado en el Artículo 135: se necesitan sólo dos terceras partes del Congreso de la Unión, más las legislaturas locales (con excepción de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal); en ese sentido, da lo mismo cambiar los salarios de un legislador que modificar una cuestión de fondo como los derechos fundamentales o la forma de gobierno, toda vez que es el mismo procedimiento.
 
La página electrónica de la Cámara de Diputados indica que la Constitución Política de México “está integrada por un conjunto de normas supremas que organizan la estructura y las relaciones de poderes, así como la situación de los individuos frente al Estado”.
 
La información que destaca ese sitio web añade que la Carta Magna se divide en dos partes: una dogmática, que se refiere a los derechos fundamentales del hombre, y otra orgánica, que contiene las normas relativas a la organización del poder público.
 
 
Aunado a esto, el especialista Covián Andrade explica que en la Constitución Mexicana, al igual que en todas las del mundo, se perciben dos bloques de elementos. El primero es referente al proyecto de Estado que se piensa llevar a cabo en cierto tiempo, y el segundo, a las estructuras de gobierno necesarias para lograr dicho Estado. “Podríamos decir que el primero significa qué tipo de Estado queremos, y el segundo, cómo lo logramos”.
 
—Después de 96 años y con más de 500 reformas, ¿la Constitución aún es vigente?
 
—La Constitución de 1917 fue la primera en el mundo que planteó un Estado democrático social de derecho. Ese Estado sigue siendo vigente; la base de nuestra Constitución es viable. Lo que necesita un reajuste son las estructuras de gobierno.
 
El especialista señala que es necesario mejorar las instituciones de acceso a la información y transparencia, las de combate a la corrupción, además de mejorar y ampliar el acceso a la justicia de los ciudadanos, y sancionar los abusos del poder.
 
“Lo que en general nos tiene insatisfechos son las estructuras, las instituciones; pero la cimentación, el sustrato y los fundamentos ideológicos de la Constitución son factibles; basta analizar que la mayoría de países en el mundo aspiran a tener un Estado social democrático”, afirma.
 
 
⇒ Parte II: Constitución Mexicana, estructura de poder arcaica
 
 
 
Fuente: Contralínea 320 / febrero 2013
 
 
 
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