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Ley de reproducción asistida, discriminatoria

Ley de reproducción asistida, discriminatoria

En México, el 15 por ciento de los hombres y mujeres entre 18 y 44 años padece de infertilidad y no hay una ley que regule las técnicas de reproducción asistida. La iniciativa en la materia que se discute en el Senado es discriminatoria y, por lo tanto, inconstitucional: deja fuera a las mujeres solteras. Como en otros temas de salud sexual y reproductiva, impera el conservadurismo y la ideología “confesional” sobre las garantías individuales, advierten especialistas

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Reproducción Humana Asistida, que actualmente se discute en la Cámara de Senadores, pretende garantizar el derecho que tiene toda persona de procrear. No obstante, señalan especialistas, es discriminatoria, inconstitucional y vulnera derechos fundamentales en aras de defender una visión conservadora. Como sujetos de la ley, el proyecto sólo contempla a hombres y mujeres unidos en matrimonio civil o concubinato con problemas de esterilidad, donadores y mujeres gestantes, es decir, aquéllas que prestan su útero para el desarrollo del embrión hasta el nacimiento del producto. Según la propuesta, cónyuges o concubinos en edad fértil tendrán acceso a las técnicas de fecundación con la condición de estar vivos, hayan prestado su consentimiento y no hayan presentado solicitud de separación, anulación o disolución del matrimonio. Además, las técnicas de reproducción asistida sólo podrán aplicarse cuando alguno de los integrantes de la pareja tenga vigentes sus derechos de atención médica en la institución que le está brindando el servicio. La Organización Mundial de la Salud declaró la infertilidad humana como enfermedad en abril pasado. En más del 90 por ciento de los casos, advierte, existe solución a través de tratamientos médicos. A nivel nacional, el 15 por ciento de los hombres y mujeres en edad reproductiva (entre 18 y 44 años) padece infertilidad. La propuesta presentada por los senadores Ernesto Sabo, del Partido Acción Nacional (PAN), y Fernando Castro, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), busca normar el acceso a los servicios públicos y privados de salud reproductiva y dar seguridad jurídica a quienes recurran a ellas. Además pretende proteger la vida, la salud y la dignidad humana en la fecundación asistida y, en especial, en la formación y en la destinación del embrión. En su exposición de motivos, los senadores defienden que la asistencia a los individuos para ver cumplida esa garantía corresponde a la ciencia bajo la tutela del Estado: “Es evidente que la regulación de las técnicas de reproducción humana asistida en nuestro país representa una laguna que quebranta los derechos humanos y que, por lo tanto, no va acorde a un país que evoluciona socialmente”. Argumentan que el acceso a la prestación a ese tipo de servicios se ve limitado por tratarse de instituciones privadas con altos costos, “resultando un efecto de exclusión, probablemente para una gran mayoría de parejas”. Regular la materia, dicen, resulta fundamental para evitar la discriminación “que se observa en los cónyuges de escasos recursos y que no tienen la misma oportunidad de acceso a este tipo de servicios”. En los mismos términos se refieren a los cónyuges que cuentan con recursos económicos y que, en actos de desesperación, recurren a los autodenominados especialistas en reproducción asistida, quienes constituyen mafias que explotan la necesidad de los pacientes, aprovechando la falta de regulación. En el país, 45 centros médicos y hospitales aplican técnicas de reproducción asistida. De ellos, sólo cuatro son públicos y dan atención gratuita: el Hospital de la Mujer de la Secretaría de la Defensa Nacional, el Hospital 20 de Noviembre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Hospital Universitario de Monterrey y el Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes (Inper). Para los especialistas, aprobar la iniciativa de ley tal como está significaría ir contra los preceptos de la Constitución y los principios básicos y reales de la reproducción asistida.

 

Sin consulta a especialistas

Cada año, el área de Reproducción Asistida del Inper da entre 10 y 12 mil consultas. Fernando Gaviño Gaviño, subdirector de Medicina Reproductiva del Inper, señala que evidentemente la iniciativa de ley no se hizo con la asesoría de los especialistas en reproducción asistida. Desde 1995, refiere, grupos de especialistas han diseñado reglamentos o iniciativas para la reproducción asistida; sin embargo, su trabajo no ha llegado al Congreso de la Unión. Observa como uno de los mayores retos de la reproducción asistida en México el hacer disponible el servicio a la población general, independientemente de sus condiciones económicas. Ya que requieren equipo, insumos y personal especializados, los tratamientos en el sector privado pueden costar hasta 120 mil pesos. Las técnicas de reproducción asistida conducen a facilitar o sustituir los procesos biológicos naturales que se desarrollan durante la procreación humana por la implantación del embrión en el útero mediante la manipulación en el laboratorio. Éstas se clasifican en inseminación artificial, fecundación in vitro con transferencia de embriones y la transferencia intratubárica de gametos. En Latinoamérica, apunta Gaviño Gaviño, entre el 14 y el 25 por ciento de los casos de fecundación por inseminación artificial es exitoso. En fertilización in vitro, éstos se elevan a 32 por ciento. En México, dice, ese promedio varía, pues hay tasas de embarazos de hasta 40 por ciento.

“La iniciativa de ley es inconstitucional”

Pedro Morales Aché, director de Consultoría Médica y Legal (Medilex), cuestiona la razón por la que en México no se ha aprobado una legislación en la materia. Atribuye que el enfrentamiento entre las visiones conservadora y liberal ha impedido un avance en el tema. Ello porque mientras la primera defiende el derecho a la vida desde la concepción, la segunda considera que esa protección puede ceder frente a otros derechos. En el caso de la reproducción humana asistida en México, dice, hay dos derechos constitucionales involucrados: el derecho a la libertad reproductiva, consagrado en el artículo cuarto, que establece que toda persona es libre de decidir la cantidad de hijos, y el derecho a la salud. Paradójicamente, expresa, la falta de regulación implica desprotección y vulneración de derechos a quienes acuden a la reproducción asistida y a la vida en gestación, pues su reglamentación queda al arbitrio de la ética y la posición ideológica de los médicos especialistas. Aunque es necesaria “la regulación, no puede ser de carácter arbitrario ni que se traduzca en plasmar un ideario político y religioso como actualmente acontece”, advierte. La iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea La Ley General de Reproducción Humana Asistida, señala, es un proyecto realizado en aras de hacer prevalecer una visión conservadora: “De manera por demás absurda, se propone definir la concepción sin ningún otro fin más que asentar una posición de carácter religioso”. Problema de inconstitucionalidad de la iniciativa, califica, es que sólo personas unidas en matrimonio civil o concubinato puedan acceder a los servicios de reproducción asistida, pues discrimina a hombres y mujeres que tienen otro tipo de relación o que no la tienen. Resulta especialmente discriminatorio, consideran Morales Aché y Gaviño Gaviño, para las mujeres solteras. “Hay una total vulneración y desconocimiento de los derechos fundamentales de las mujeres. Está ausente el tema de la salud y de la integridad corporal”, comenta Morales Aché. Por su parte, el subdirector de Medicina Reproductiva del Inper apunta que mujeres solteras deben ser incluidas en la iniciativa de ley, sobre todo cuando con mayor frecuencia están recurriendo a la reproducción asistida. La iniciativa de la ley establece que máximo se implanten tres embriones por cada tratamiento para evitar la gestación múltiple o la reducción embrionaria. Este aspecto, opina Morales Aché, es grave: “De manera casi grotesca, se dice que, en todo caso, sea la naturaleza la que decida qué prevalece, si los embriones o la vida de las mujeres”. Para el subdirector de Medicina Reproductiva, Fernando Gaviño Gaviño, ese punto debe ser modificado, pues es un aspecto técnico fuera de la realidad, como lo es también la transferencia del embrión al tercer día. Otro aspecto que vulnera derechos, según el director de Medilex, es la prohibición de la experimentación en embriones que no van a ser trasplantados, lo que viola la garantía de beneficiarse del desarrollo científico y tecnológico. Sobre la donación de espermas, refiere Morales Aché, se restringe a tres nacimientos vivos para evitar el cruzamiento de células del mismo donante. Otros países, enuncia, elevan esa limitante a cuatro o hasta seis nacimientos. “Lamentablemente, es resultado de una ideología y de un carácter confesional. Es una ley que no puede ser hecha al margen del desarrollo científico y médico. Si el proyecto de ley es aprobado por el Senado, va a ser una atrocidad, pues es completamente inconstitucional”, predice. En su opinión, en el tema de la salud sexual y reproductiva con el actual gobierno y las alianzas entre el PAN y el PRI se ha privilegiado una visión conservadora, donde se trata a la mujer como un mero instrumento reproductivo: “Pareciera ser que tienen la única pretensión de satisfacer los reclamos de grupos religiosos y jerarcas de la iglesia. Esto vulnera el Estado laico”. Requerimos, reflexiona, una ley que sea consecuente con la protección de la vida en gestación y con los derechos fundamentales de las mujeres y evitar llevar a la ley una visión religiosa para pretender imponerla a toda la población. A su vez, , expresa que la regulación de la reproducción asistida es primordial, “pero es necesaria una legislación que sea de acuerdo con la práctica actual y con los conceptos de la reproducción asistida”.

Infertilidad en México

  • El 15 por ciento de los hombres y mujeres en edad reproductiva padece infertilidad
  • Los tratamientos de reproducción asistida en el sector privado pueden costar hasta 120 mil pesos
  • La tasa de embarazos logrados gracias a la reproducción asistida es de hasta 40 por ciento

Prohibida la comercialización La iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Reproducción Humana Asistida prohíbe toda forma de comercialización o de utilización económica de los embriones. Disponer de óvulos, espermatozoides o embriones para fines distintos a los previstos conlleva una sanción de cinco a ocho años de prisión y de 100 a 700 salarios mínimos. También quien importe, exporte, posea, aísle, cultive, transporte, almacene o realice actos de fecundación merecerá de tres a 12 años de prisión y multa de 200 a 1 mil salarios mínimos.

Contralínea 208 / 14 de Noviembre de 2010