Celia Cornejo Vaca, Pedro Rojas Gómez y Alejandro Galicia López –personas con discapacidad visual– ganaron un amparo que instruye al Servicio de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México realizar los ajustes razonables necesarios para garantizar la accesibilidad en sus instalaciones. Ello, con el acompañamiento del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP).
En conferencia, la asesora jurídica del IFDP que llevó el caso, Yasmín Rosales Muñoz, explicó que el amparo fue promovido a finales de 2021 debido a que las líneas podotáctiles se encontraban bloqueadas por puestos ambulantes. Y fue en 2022 cuando el Juzgado Décimo Sexto de Distrito concedió una suspensión que permitió la liberación de esa líneas.
Dicho Juzgado sobreseyó el caso al considerar que con dicha medida el problema estaba resuelto. Ante ello, el IFDP interpuso un recurso de revisión que fue atraído por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y resuelto en mayo de 2023.
La resolución del máximo tribunal reconoció el derecho a la movilidad de las personas con discapacidad, algo que Rosales Muñoz calificó como histórico, aunque reconoció que aún falta mayor garantía. La meta, dijo, es llegar al diseño universal, el cual establece que las estructuras deben ser creados para todos y todas. “Este es un sueño, no estamos en ese lugar en ninguna parte del mundo”, pero ese es el camino.
Actualmente, autoridades del Metro de la capital se encuentran en mesas de trabajo permanentes para cumplir con lo establecido en el amparo. Entre los avances se encuentran: pasar de cuatro asientos reservados en cada vagón a ocho, la revisión y funcionamiento de elevadores y escaleras eléctricas y la aprobación de un presupuesto específico para acciones de accesibilidad.
Además, como parte de los ajustes razonables se abrió la posibilidad de incluir a las personas discapacitadas en el uso exclusivo del primer vagón sin violentar los derechos de las mujeres. Ello, porque la Corte resolvió que si bien las autoridades responsables del metro no están obligadas a designar el primer vagón como exclusivo para personas con discapacidad, sí deben tomar en cuenta su opinión y experiencia de vida para establecer las medidas y programas de accesibilidad correspondientes.
Yasmín Rosales Muñoz, licenciada en derecho por la Universidad Autónoma de Metropolitana, subrayó la importancia de medidas que reconozcan el derecho a la movilidad de personas discapacitadas, consideró que se trata de un “derecho llave”, es decir, que habilita otros derechos.
Por su parte, Pedro Rojas Gómez, uno de los demandantes, destacó que como parte de la ejecutoria de amparo la línea 3 del Metro deberá integrar en su proceso de remodelación las herramientas que permitan la movilidad de este sector poblacional.
Mientras que Alejandro Galicia López reconoció el trabajo realizado por el IFDP, que permitió llevar el caso hasta el pleno de la Corte, lo que marca un antecedente para futuros litigios de este tipo.



















