Por unanimidad, la Suprema Corte de Estados Unidos desechó la demanda por daños que mantenía el gobierno de México contra empresas fabricantes de armas. El alegato del Estado mexicano es que la negligencia y falta de controles en la cadena de distribución, comercialización y mercadotecnia de productos de la industria, deriva en el tráfico ilegal de cientos de miles de sus productos a los cárteles de la droga.
Con base en la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas (PLCAA, por su sigla en inglés), el tribunal supremo determinó que procede el blindaje e inmunidad del que goza la industria de las armas desde 2005, cuando el Congreso estadunidense promulgó esa ley. Dicha legislación evita que las empresas armamentistas sean llevadas a juicio cuando haya uso criminal de sus productos por terceros.
Por ello, desde que México interpuso la querella en la Corte de Distrito de Massachusetts en agosto de 2021, aludió que los demandados cayeron en las excepciones que la propia ley indica: la violación de estatutos federales o estatales a partir de acciones en las que ayudaran y facilitaran las transacciones que terminaran en delitos, y fueran próximas a las empresas.
Y aunque la Corte de Apelaciones del Primer Circuito dio la razón a este argumento, este día las y los nueve jueces estadunidenses de la Suprema Corte señalaron: “debido a que la queja de México no alega plausiblemente que los fabricantes de armas acusados ayudaron e instigaron a los traficantes de armas a vender ilegalmente armas de fuego a traficantes mexicanos, la PLCAA prohíbe la demanda”.
A su vez, la Corte Suprema afirmó tener dudas respecto de que el Congreso estadunidense, al redactar la PLCAA en 2005, haya tenido la intención de plasmar una salida tan amplia de la propia ley a través de sus excepciones, “y de hecho no lo hizo”, afirmó la determinación judicial.
Al respecto, la Secretaría de Relaciones Exteriores expresó “su desacuerdo con la decisión emitida”. En un comunicado, aseguró que “continuará haciendo lo que esté a su alcance para frenar el tráfico ilícito de armas, agotando todos los recursos legales y diplomáticos disponibles”.
Razonamiento de la Suprema Corte
México formuló su alegato en torno a que las empresas fabricantes eran voluntarias en la venta de armas a distribuidores minoristas, lo cual provoca que lleguen a manos del crimen organizado, y lo han sabido siempre; que fallaron en el tipo de controles que ponen en sus redes de distribución; y que toman decisiones de diseño y mercadotecnia para atraer a clientes de grupos criminales.
Al respecto, la resolución de la Corte, compartida este 5 de junio en su página web, en su escrito certiorari, detalló que México no plasmó “ninguna transacción criminal específica que los (supuestos) acusados ayudaron”. Al contrario, es una acusación más general: “que todos los fabricantes ayudaron a un número de distribuidores deshonestos en violación de varias leyes”.
En cuanto a la argumentación sobre la falta de regulación de los acusados en sus cadenas de comercialización, el escrito añade que tales omisiones e inacciones de las empresas raramente son causa de culpabilidad por complicidad.
Además, en el señalamiento mexicano de la producción de armas de asalto de estilo militar, el máximo tribunal indicó que son ampliamente legales y comprados por clientes ordinarios, y que las empresas demandadas no pueden ser culpables de los actos criminales de los cárteles mexicanos sólo porque prefieran esas armas.
Al contrario, lo que México sí alegó plausiblemente en opinión de la Corte, fue que los fabricantes saben de algunos distribuidores no identificados que violan la ley rutinariamente, pero lo calificaron como “indiferencia” en lugar de asistencia.
En este sentido, “un comerciante ordinario no se vuelve responsable por malos usos criminales de sus bienes simplemente por saber que, en alguna proporción de casos, un mal uso ocurre”, señalaron jueces y juezas a la afirmación mexicana de que las empresas tienen conocimiento, desde la fabricación de sus armas, que van a terminar en manos de cárteles mexicanos.
Una lucha de cuatro años
Con el fallo de la Suprema Corte –a favor de las acusadas Smith & Wesson e Interstate Arms– se cierra uno de los dos frentes legales que México tenía abierto ante la industria de las armas, y que son ampliamente responsables, como señalaron en sus demandas, del incremento de la violencia en territorio nacional. La máxima instancia judicial estadunidense atrajo el caso (número 23-1141) en octubre de 2024, tras la resolución de la Corte de Apelaciones de Massachusetts a inicios de ese mismo año.
Al respecto, en su comunicado, la SRE reafirmó la solidez de los argumentos mexicanos presentados ante el alto tribunal en la audiencia del pasado 4 de marzo. Consideró que “demuestran el daño que las empresas fabricantes de armas ocasionan a nuestro país, y seguirá en su lucha contra el tráfico de armas y la responsabilidad de las empresas que fabrican y permiten que el flujo de armas siga alimentando la violencia y nutriendo a los grupos delictivos que atentan contra la paz y la seguridad de las familias mexicanas”.
El tráfico ilícito de armas estadunidenses hacia México ha abonado a la infame cifra de homicidios dolosos en el país, como ha documentado Contralínea. Tan solo en 2024, el 72.4 por ciento del total fueron provocados por disparos de armas de fuego.
Asimismo, según la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés) entre 200 mil y medio millón de armas se trafican ilegalmente año con año, y el 74 por ciento de las armas incautadas en crímenes en México, de 2017 a 2021, provenían de un comprador estadunidense.
La secretaría precisó en el comunicado 089, que esta resolución no afecta la segunda que presentó el gobierno, en octubre de 2022, contra cinco tiendas distribuidoras de armas en la Corte de Distrito de Arizona, en Tucson, que se encuentra ahora en la etapa de producción de evidencia.
“Las dos demandas presentadas por México tanto en Massachusetts como en Arizona, han permitido dar visibilidad al grave impacto del trasiego de armas de fuego a nuestro territorio. México ha logrado posicionar el tema no sólo en la esfera bilateral, sino también multilateral, a través de la resolución 2616 del Consejo de Seguridad de la ONU en 2021. Actualmente, se está a la espera de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emita también una opinión sobre el tema”, concluyó.
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