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CNDH emite recomendación al IMSS por violencia obstétrica

CNDH emite recomendación al IMSS por violencia obstétrica

Las presiones obligaron a la CNDH suspender sus informes sobre la violencia política, incluida la propaganda negra y la desinformación
FOTO: CUARTOSCURO

Por omisión, falta de vigilancia y retraso injustificado en la atención, diagnóstico y tratamiento de una mujer que falleció a los pocos días de dar a luz en Guadalajara, Jalisco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 235/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La indagación develó que el paro cardiorrespiratorio que provocó el deceso de la víctima fue el resultado de la violencia obstétrica ejercida por 11 personas servidoras públicas pertenecientes a la Unidad de Medicina Familiar número 53 (UMF-53), el Hospital General Regional número 45 (HGR-45) y la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Gineco-Obstetricia del Centro Médico Nacional Occidente número 176 (UMAE CMNO-176).

A pesar de que la mujer dio a luz el 1 de febrero de 2020, falleció cinco días después. Por ello, la CNDH detalló que en la cronología de los hechos se detectó a quienes ejercieron omisión en su atención ginecológica. Sin embargo, en 2022 el IMSS refutó tales acusaciones asegurando que el caso ya había sido sometido a la consideración de la Comisión Bipartita del H Consejo Técnico del IMSS, la cual resolvió la queja como improcedente, al establecer que el deceso derivó de complicaciones gastro-digestivas.

Por ello, la CNDH informó que volvió a recabar evidencia para confirmar que la víctima no recibió atención adecuada, antes, durante y después del parto, además de que se incumplieron las referencias en la Guía de Práctica Clínica Diagnóstico y Tratamiento de la Restricción del Crecimiento Intrauterino que manejan los institutos de salud.

“Se omitieron procedimientos e interpretación de resultados de estudios de laboratorio previos. Y pudo concluir que, desde el inicio de su embarazo, no se otorgó a la víctima una atención médica integral que tomara en consideración sus antecedentes patológicos; mismos que la colocaron en una especial situación de vulnerabilidad y que terminaron siendo factores que influyeron en su deceso”.

Por ello, en un plazo no mayor a seis meses, la CNDH indicó que el IMSS deberá impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos, “con énfasis en el trato humanizado a las personas derechohabientes, y en la aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) 007-SSA2-2016 Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y de la persona recién nacida, NOM-004-SSA3-2012 expediente clínico, NOM-025-SSA3-2013 De la Organización de las Unidades de Cuidados Intensivos; y de la NOM-001-SSA-3-2012 Para la organización y funcionamiento de las residencias médicas, así como en los contenidos de las Guías de Práctica Clínica señaladas, que deberá ser impartido a todo el personal médico de los servicios de Gastroenterología, Urgencias, Angiología y Terapia Intensiva de las UMF-53, del HGR-45 y de la UMAE CMNO-176”.

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