En México nos regimos por nuestras leyes, no por las de EU: presidenta

En México nos regimos por nuestras leyes, no por las de EU: presidenta

La definición de terrorismo hacia las organizaciones criminales no repercute en legislación mexicana, señaló la presidentarepercute en legislación mexicana, señaló la presidenta
FOTO: 123RF

Sólo las agencias estadunidenses, ante sus jueces, pueden determinar “qué sanciones tendría una persona detenida” bajo la definición de “terrorismo”; pero esa determinación no se extiende a México, porque aquí no aplican leyes extraterritoriales sino la Constitución y la legislación mexicana, aclaró la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. Lo anterior, luego de que ayer 13 de mayo se conoció la primera acusación, por parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos, por narcoterrorismo hacia dos supuestos integrantes del Cártel de Sinaloa.

“Nuestro gobierno responde frente a lo que son los delitos aquí, no frente a la característica de los delitos allá [en Estados Unidos]”, pues el gobierno se rige bajo la Constitución y las leyes mexicanas, no las estadunidenses, añadió en su conferencia la primera mandataria.

El pasado 13 de mayo, el Departamento de Justicia acusó a Pedro Inzunza Noriega, el Sagitario –principal imputado–, y su hijo Pedro Inzunza Coronel, el Pichón, por el delito de “narcoterrorismo” y apoyo material al terrorismo. Además, ambos fueron acusados ante la Corte de San Diego, California, por los supuestos delitos de tráfico de diferentes drogas como fentanilo y metanfetaminas. “Se trata de los líderes de una de las más sofisticadas redes de producción de fentanilo”, señalaron los fiscales del caso: Adam Gordon y Víctor Cuén, quienes dijeron buscar cadena perpetua para ambos.

Hoy desde Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum mencionó que “el delito de terrorismo tiene un catálogo muy distinto en México del que ellos le pusieron a la delincuencia organizada. Eso no quiere decir que nosotros no hagamos nuestro trabajo, la Fiscalía también, y en su momento los jueces, para detener a responsables de delitos”.

En el Código Penal Federal mexicano se establece que “se impondrá pena de prisión de 15 a 40 años y 400 mil 200 días multa” […] “a quien, utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares”, materiales o minerales radiactivos, nucleares, “explosivos, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación”.

Por ello, “si hay un presunto delincuente de la delincuencia organizada, lo detiene la Fiscalía con una carpeta de investigación” bajo los códigos penales de México […] cada quien tiene su legislación”, zanjó la presidenta Sheinbaum Pardo.

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